Medio año de cárcel y multa de 4.800 ? al autor de un incendio forestal que arrasó 7 Ha en Rasines

El Juzgado de lo Penal Número 4 de Santander ha condenado a seis meses de prisión y a una multa que ronda los 4.800 euros al autor de un incendio forestal en Rasines en 2010 que afectó a más de 7 hectáreas de robledal y matorral porque realizó una quema de matorral "sin cumplir las normas elementales sobre la prevención" de fuegos.

El Juzgado de lo Penal Número 4 de Santander ha condenado a seis meses de prisión y a una multa que ronda los 4.800 euros al autor de un incendio forestal en Rasines en 2010 que afectó a más de 7 hectáreas de robledal y matorral porque realizó una quema de matorral "sin cumplir las normas elementales sobre la prevención" de fuegos.

Según se relata en la sentencia, el acusado, que responde a las iniciales A.G.L., solicitó el 9 abril de 2010 autorización para efectuar una quema controlada en monte en la localidad de Ojebar, en Rasines, en el sitio de El Espadañal (polígono 22), que fue autorizada.

Sin embargo, el visto bueno estaba sujeto a "determinadas condiciones", como la obligación de establecer cortafuegos de dimensiones "suficientes", de efectuar limpieza del matorral en las zonas necesarias, así como la de que una vez terminada la quema continuara la vigilancia para impedir que el fuego pudiera reproducirse.

De esta forma, el hombre tenía la obligación de vigilar los hogueros mientras estuvieran encendidos, cubriéndolos con tierra cuando se levantara viento hasta apagarlos totalmente.

Al día siguiente, el 10 de abril, el acusado realizó a las 10.48 horas una llamada a la central de emergencias del 112 solicitando permiso para dar comienzo a dicha quema controlada, lo que fue contestado afirmativamente.

Dicha quema afectaba a zonas de matorral tipo tojo, zarza y helecho distribuidos por diferentes zonas a lo largo de la parcela del acusado como matas aisladas de matorral, así como a pequeñas superficies de matorral situadas junto a los linderos de su parcela, una de las ubicadas en dicho polígono.

No se cumplieron "las normas elementales" de prevención

El acusado comenzó dicha quema en la mencionada parcela "sin cumplir", según la sentencia, las normas "elementales" sobre prevención de incendios" pues, según se considera probado en la sentencia, antes de dar inicio a la quema "no efectuó desbroce alguno" del matorral en las zonas de monte colindantes con lo que no estableció "ningún tipo de cortafuegos ni perímetro de seguridad" que evitara la propagación del fuego desde su finca al resto.

De igual modo, el acusado, "pese a advertir", según la juez, que el viento iba aumentando en intensidad" no puso fin a la quema ni apagó las hogueras hasta cubrirlas totalmente, tal y como así se le exigía.

No avisó del incendio hasta cuatro horas después

Ambas circunstancias propiciaron que el fuego encendido por el acusado, alrededor de las 13.00 horas se extendiera fuera de los límites de su finca, a las fincas colindantes.

De igual modo, y pese a que el acusado se encontraba solo y no disponía de agua, ni de medios materiales suficientes para extinguir el fuego por sí mismo, cuando el fuego se extendió a las fincas colindantes no dio aviso "en ningún momento" a los servicios de emergencia, constando tan sólo un aviso al 112 efectuado por una tercera persona al filo de las 17.12 horas de esa tarde.

La central de emergencias del 112, tras recibir dicho aviso dando cuenta de un incendio en dicha zona, lo puso en conocimiento de la central de incendios de servicio de montes, la cual a su vez dio aviso a la Guardería forestal de la comarca que comunicó la existencia del incendio a un técnico auxiliar del medio natural.

Éste llegó a la zona a las 19.00 horas, quedando controlado el fuego a las 20.30 horas y resultando extinguido a las 21.00 horas.

7 HECTÁREAS

El fuego arrasó un total de 7,08 hectáreas de las cuales 3,71 hectáreas eran de robledal y 3,37 hectáreas de matorral zarza, helecho y argoma.

La superficie quemada afectó a ocho parcelas del polígono 22 del municipio de Rasines, situadas principalmente dentro del monte de utilidad pública denominado 'El hallal' y 'Ruhermoso', en el paraje denominado 'Salviejo' y 'El Espadañal' afectando también, si bien en menor medida, a fincas particulares.

El coste de las labores de extinción llevadas a cabo por parte del Gobierno de Cantabria ascendieron a más de 100 euros y las pérdidas económicas, tanto en productos primarios como en pérdidas de beneficios ambientales, ascendieron a la suma de 4.706 euros.

Contra esta sentencia, cabe interponer recurso de apelación para su resolución por la Audiencia Provincial.

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