El Síndic requiere al Ayuntamiento de Náquera que asuma mantenimiento e infraestructuras de una urbanización

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha requerido al Ayuntamiento de Náquera (Valencia) que proceda a la recepción formal de las obras, y asuma por tanto la conservación y mantenimiento de la infraestructura de la Urbanización El Paraíso, integrada por más de 150 familias, "que llevan 40 años pagando a una entidad no pública, denominada Cooperativa de Consumo".
El Síndic De Greuges, José Cholbi
El Síndic De Greuges, José Cholbi
SÍNDIC DE GREUGES
El Síndic De Greuges, José Cholbi

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha requerido al Ayuntamiento de Náquera (Valencia) que proceda a la recepción formal de las obras, y asuma por tanto la conservación y mantenimiento de la infraestructura de la Urbanización El Paraíso, integrada por más de 150 familias, "que llevan 40 años pagando a una entidad no pública, denominada Cooperativa de Consumo".

José Cholbi considera que el Ayuntamiento está obligado a recepcionar las zonas públicas y a declarar finalizado el proceso urbanizador, y, por tanto, a integrar en el municipio a dicha urbanización y a sus residentes, según ha informado el Síndic en un comunicado.

Cholbi ha tomado en consideración una queja presentada por los representantes de los vecinos de la Urbanización El Paraíso-Fuente del Oro de Náquera, en la que denunciaban que las zonas públicas de dicha urbanización, tales como jardines, calles, viales, accesos, dotaciones deportivas, recreativas, etcétera, actualmente están siendo gestionadas por un ente denominado Cooperativa de Consumo, sin que el Ayuntamiento de Náquera, con más de 40 años de existencia de dicha urbanización, haya recepcionado las zonas públicas, ni declarado finalizado el proceso urbanizador y, por tanto, integrado en el municipio a la citada urbanización y a sus residentes.

En su escrito de queja presentado al síndic, la representación de El Paraíso informaba que las 150 familias que allí residen se ven obligadas a pagar a la Cooperativa de Consumo unas cuotas urbanísticas adicionales a los impuestos y tasas municipales, y todo ello "recibiendo exactamente los mismos servicios que cualquier otro vecino de Náquera".

Después de analizar el primer escrito de los vecinos de El Paraíso, José Cholbi solicitó más información a los afectados, en concreto, si se habían dirigido escrito al Ayuntamiento de Náquera en solicitud de regularizar oficialmente una situación urbanística.

Los vecinos respondieron que en agosto del año pasado presentaron un escrito al pleno del Ayuntamiento de Náquera en el que solicitaban la recepción de las zonas dotacionales del ámbito de actuación urbanística de El Paraíso; la disolución de la Cooperativa de Consumo encargada de la gestión de las zonas dotacionales; la devolución de las cuotas de los últimos cuatro ejercicios por considerarse "ingresos indebidamente cobrados", y que se efectuasen las actuaciones pertinentes por el Ayuntamiento para asegurar a los vecinos que el agua suministrada es apta para el consumo humano.

El pleno del consistorio, en sesión en septiembre del mismo año, desestimó la propuesta de los residentes en El Paraíso al considerar, principalmente, la no recepción de las obras porque los servicios técnicos urbanísticos entendían que "no reunían todos los requisitos necesarios contemplados en las normas urbanísticas, en general, y en los planes parciales, en particular".

No obstante, el defensor del pueblo valenciano considera que la conservación de las obras de urbanización es, "con arreglo a la ley, responsabilidad del Ayuntamiento desde su recepción, siendo antes del urbanizador".

"Carecerá de validez, por consiguiente, todo pacto o disposición que pretenda trasladar esa competencia a personas privadas o asociaciones de propietarios sin colaboración y control público, o sin condiciones, o por tiempo indeterminado", señala Cholbi, quien añade que los administrados "no podrán ser obligados por mandato de la administración a integrarse en esas asociaciones".

"no se puede obligar a los propietarios de la urbanización"

El Síndic determina en su resolución que no cabe obligar a los propietarios de una urbanización a constiturse, pertenecer y funcionar en régimen de entidad urbanística de conservación, por cuanto, el mantenimiento de la urbanización y la prestación de los servicios púiblicos urbanísticos debe ser desempeñado de forma obligatoria por el Ayuntamiento de Náquera, con cargo a la hacienda municipal financiada en parte con las aportaciones tributarias de los vecinos de dicha Urbanización.

En definitiva, José Cholbi se ha dirigido al Ayuntamiento de Náquera requiriéndole para que proceda a tomar en consideración las solicitudes efectuadas por la promotora de la queja y, en su consecuencia, asuma la recepción formal de las obras, haciéndose cargo, asimismo, de toda la conservación y mantenimiento de la infraestructura de la urbanización El Paraíso, como la prestación de los servicios municipales a la misma.

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