Más de 1.500 riojanos han inscrito su testamento vital en el Registro de Instrucciones Previas desde 2006

La Consejería de Salud y Servicios Sociales puso en marcha en 2006 el Registro de Instrucciones Previas, en donde los ciudadanos pueden hacer su testamento vital. Este documento contiene la declaración escrita de aquellas personas que expresan su voluntad de participar en las actuaciones sanitarias que afecten a su salud ante una situación terminal, o una situación de inconsciencia permanente o mínima consciencia, cuando no tengan capacidad de decidir por sí mismos, así como sobre el destino de su propio cuerpo o de los órganos del mismo una vez producido el fallecimiento.

La Consejería de Salud y Servicios Sociales puso en marcha en 2006 el Registro de Instrucciones Previas, en donde los ciudadanos pueden hacer su testamento vital. Este documento contiene la declaración escrita de aquellas personas que expresan su voluntad de participar en las actuaciones sanitarias que afecten a su salud ante una situación terminal, o una situación de inconsciencia permanente o mínima consciencia, cuando no tengan capacidad de decidir por sí mismos, así como sobre el destino de su propio cuerpo o de los órganos del mismo una vez producido el fallecimiento.

Desde la puesta en marcha de la Oficina de Registro de Instrucciones Previas, se han inscrito un total de 1.510 Documentos; 131 en lo que llevamos de año.

BALANCE 2012

En el Registro se inscribieron 288 nuevos testamentos vitales en 2012. Del total de documentos, un 62% se corresponden a mujeres frente al 38% de hombres. Cabe destacar que casi el 90,6% de las personas que han decidido llevar a cabo este trámite ha optado por otorgarlo ante la persona encargada del Registro de Instrucciones Previas; mientras que solo el 5,2% ha elegido otorgarlo ante tres testigos y el 4,1%, ante notario.

El 72% de los documentos reflejan la decisión de los ciudadanos por donar sus órganos, lo que supone un incremento del 13% respecto al año anterior (59% en 2011). Las cifras constatan la generosidad y el altruismo de los riojanos y consolidan la opción de convertirse en donantes como una realidad cada vez más común.

Tras estos 7 años, la actividad de la Oficina de Registro de Instrucciones Previas se consolida como garante de los derechos del paciente para expresar participar en temas relacionados con su salud y calidad de vida. El documento también contempla la posibilidad de nombrar uno o varios representantes para que actúen como interlocutores con el médico y procuren el cumplimiento de las Instrucciones Previas.

El personal sanitario que atiende al paciente conoce la existencia del Documento de Instrucciones Previas y lo tiene en cuenta a la hora de adoptar cualquier decisión clínica respecto al otorgante, ya que el Documento se incorpora a la historia clínica del paciente y los profesionales del Sistema Público de Salud de La Rioja tienen acceso a él a través del programa SELENE. Además, se facilitan los pasos a seguir cuando llega un paciente inconsciente o incapacitado para comunicarse.

Actualmente, el ciudadano tiene acceso a su Documento de Instrucciones Previas (Testamento Vital) otorgado a través de la web www.riojasalud.es, en la opción Salud online. Todos los datos del Registro tienen carácter confidencial y sólo pueden acceder a él personas autorizadas.

REGISTRO

El Registro Autonómico de Instrucciones Previas depende de la Dirección General de Asistencia, Prestaciones y Farmacia de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, ubicada en el CARPA. Está gestionado por la encargada del Registro de Instrucciones Previas, personal médico y personal administrativo con funciones de información, otorgamiento, inscripción y custodia de los Documentos.

En la Oficina del Registro se comprueba que los documentos otorgados cumplen los requisitos legales establecidos, se custodian los documentos inscritos y comunican a los centros sanitarios la existencia de los mismos. El Registro es de gran ayuda, una herramienta útil, para los profesionales sanitarios en aquellas situaciones críticas en las que desconocen cuál sería el deseo del paciente.

Con este registro, el Gobierno de La Rioja asegura el respeto al derecho a la vida y a la legalidad vigente. El documento contiene los cuidados o tratamientos a los que quiere o no someterse el paciente para garantizar una muerte digna. En concreto, que se agoten los tratamientos indicados sobre sus dolencias; la negativa a recibir tratamiento de soporte vital o interrumpir el ya iniciado, cuando éste sea inefectivo para la satisfacción de determinados valores o para mantener una adecuada calidad de vida; la negativa a que se prolongue temporal y artificialmente la vida si no se acompaña de ningún resultado aceptable para los objetivos del otorgante; y que se utilicen los procedimientos de sedación y analgesia necesarios para evitar el dolor y el sufrimiento.

No obstante, la Ley de Instrucciones Previas establece unas garantías o supuestos que limitan esa voluntad, puesto que nunca podrán ir en contra del ordenamiento jurídico o de la buena práctica sanitaria.

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