ARCA y Plataforma para la Defensa del Sur recurrirán el archivo del 'caso Vestas'

La Plataforma llevará el asunto a la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo

La asociación ecologista ARCA y la Plataforma para la Defensa del Sur han anunciado este jueves que recurrirán el auto del Juzgado de primera instancia e instrucción nº 1 de Reinosa por el que se decreta el sobreseimiento provisional y archivo del llamado 'caso Vestas'.

En declaraciones a Europa Press, el presidente de la Plataforma para la Defensa del Sur, José Miguel Martínez Postigo, ha confirmado la intención del colectivo de agotar la vía judicial y ha anunciado que llevará la instalación del molino de Vestas en el Monte Cotío a la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo.

Para la Plataforma para la Defensa del Sur, el auto que decreta el archivo de las diligencias iniciadas a instancias de este colectivo junto con ARCA y Acanto por presuntos delitos de prevaricación y contra el patrimonio histórico y el medio ambiente, es "bastante simplón" y "no entra en profundidad" en el asunto.

En este sentido, Martínez Postigo ha señalado que el auto no tiene en cuenta elementos importantes como la reciente declaración de un representante de la multinacional danesa Vestas que afirmó que la ubicación del molino no la decidió la empresa sino el Gobierno.

Tanto el presidente de la Plataforma como el portavoz de ARCA, Carlos García, ha criticado que no se hayan tenido en cuenta las opiniones de expertos "de primer orden" en la materia, como los recientemente fallecidos Joaquín González Echegaray o García Guinea, contrarios a la ubicación del "macromolino" de Vestas en un lugar "tan relevante desde el punto de vista arqueológico".

En declaraciones a Europa Press, el portavoz de ARCA ha denunciado la "dejadez" con que se ha tramitado la denuncia de los colectivos conservacionistas, presentada hace dos años, en un asunto en el que a su entender se ha cometido "un claro abuso del poder político"

AUTO

En febrero de 2012, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) devolvió el 'caso Vestas' al Juzgado de Reinosa al no hallar indicios de prevaricación en la actuación del exconsejero de Cultura, Turismo y Deporte del Gobierno, el regionalista Francisco Javier López Marcano, en la autorización dada por Cultura a la multinacional danesa Vestas para la instalación de un molino eólico de carácter experimental en el monte Cotío, al sur de Cantabria, espacio protegido por su patrimonio arqueológico.

El Juzgado de Reinosa, que inició la investigación pero la derivó al TSJC por la condición de aforado de Marcano, archiva ahora las actuaciones en un auto contra el que cabe recurso de reforma y/o de apelación, en el que considera "indiciariamente acreditado" que el proyecto "no afecta ni a los intereses arqueológicos de la zona ni supone un impacto medioambiental que determine un perjuicio para las especies allí presentes".

Asimismo, el auto señala que de la tramitación administrativa realizada "no resultan indicios de que las resoluciones dimanantes de las Consejerías de Cultura o de Industria del Gobierno de Cantabria -en especial de las realizadas por la Consejería y Dirección General de Cultura, a las que se refiere exclusivamente la imputación formal-" se hayan dictado de forma "arbitraria, a sabiendas de su injusticia".

El Juzgado señala que las obras se han realizado en un lugar que no afecta a zonas protegidas y catalogadas por su valor arqueológico y con las medidas de precaución y control que fueron acordadas para su autorización, cuyo cumplimiento y seguimiento se hace constar mediante informes del Seprona de agosto y octubre de 2010, ratificadas por los agentes de la Guardia Civil que intervinieron en su elaboración.

Por otro lado, de los informes de seguimiento ambiental se desprende que no existe "diferencia alguna apreciable" en el movimiento de población de las especies presentes en la zona, lo que "determina la inexistencia de impacto ambiental".

Desde el punto de vista del expediente administrativo de autorización, tampoco resulta indiciariamente acreditada la concurrencia de los elementos que la ley establece para la persecución penal de la prevaricación en el ámbito de la administración pública.

En este sentido, el auto señala que del proyecto inicial se realizaron las oportunas modificaciones y se ejecutó con las cautelas y medidas que se instaron, y que están plasmadas en el proyecto definitivo.

Por todo ello, el Juzgado de Reinosa considera no acreditado que se autorizó el proyecto contraviniendo los intereses arqueológicos o medioambientales, "y a sabiendas de ello en su caso", o que hubiera "interés particular alguno que influya en tal autorización ni irregularidad alguna merecedora de reproche penal".

Mostrar comentarios

Códigos Descuento