Un juzgado de Granada ha desestimado el recurso interpuesto por la Junta de Andalucía contra la venta, por parte del equipo de Gobierno local (PP), de unas parcelas incluidas en el patrimonio municipal de suelo.La Junta de Andalucía argumentó en el recuso que el destino de las parcelas objeto de enajenación debe ser público, al tratarse de suelo destinado a equipamiento deportivo y docente, según establece el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).
No obstante, el magistrado señala en la sentencia que el Gobierno autonómico no recurrió en su día cuando el Ayuntamiento incluyó dichas parcelas en el patrimonio municipal de suelo. Así pues, considera «improcedente» que impugne ahora la venta de las mismas.
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