Confiscan más de 800 bolsos de mujer de autodefensa por considerarlos "armas prohibidas"

  • Se habían puesto a la venta en comercios de Barcelona y Badalona.
  • La empuñadura es en realidad una "llave de pugilato" o "puño americano".
  • La Guardia Civil ha denunciado a un hombre y dos mujeres.
Uno de los modelos de bolso incautados por la Guardia Civil por ser "armas prohibidas".
Uno de los modelos de bolso incautados por la Guardia Civil por ser "armas prohibidas".
GUARCIA CIVIL
Uno de los modelos de bolso incautados por la Guardia Civil por ser "armas prohibidas".

La Guardia Civil ha informado este miércoles que, a finales del pasado mes de abril, agentes de la Intervención de Armas y Explosivos intervinieron en tres establecimientos de Badalona 825 bolsos de mano, considerados armas prohibidas al tener incorporada en el asa una llave de pugilato o puño americano.

Hace una semanas la Guardia Urbana de Barcelona llevó a cabo una actuación que supuso la intervención de bolsos con empuñadoras similares. Como consecuencia de este servicio, los agentes de la policía local barcelonesa obtuvieron informaciones que indicaban la posibilidad de que, en otros establecimientos de Badalona, también pudieran comercializar este tipo de productos.

Las "llaves de pugilato", con o sin púas o también llamados "puños americanos", son piezas de metal que se adaptan anatómicamente a los puños y permiten golpear con mayor contundencia que si se utilizara puños desnudos.

La inspección de los agentes de la Guardia Civil en tres establecimientos mayoristas de Badalona, propició la intervención de 825 bolsos de estas características (495 unidades en el primero, 128 en el segundo y 202 en el tercero), de diferentes modelos, en todos los casos considerados armas prohibidas al estar provistos de diferentes "puños americanos".

La Guardia Civil denunció a tres personas -un hombre y dos mujeres vecinos de Barcelona y Mataró-, por la presunta comisión de una infracción administrativa grave, tipificada en el artículo 156 a) del Reglamento de armas y en concordancia con en el artículo 23 a) de la Ley Orgánica 1/1992 sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

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