El TC admite a trámite el recurso de los padres del colegio Torrevelo contra la denegación del concierto

La Sala Primera del Tribunal Constitucional ha dictado un auto por el que admite a trámite el recurso de amparo presentado por los padres del colegio concertado de educación diferenciada Torrevelo de Cantabria contra la sentencia del Tribunal Supremo que ratificaba la denegación del concierto por parte del Gobierno de Cantabria, según ha informado Fomento de Centros de Enseñanza.

La Sala Primera del Tribunal Constitucional ha dictado un auto por el que admite a trámite el recurso de amparo presentado por los padres del colegio concertado de educación diferenciada Torrevelo de Cantabria contra la sentencia del Tribunal Supremo que ratificaba la denegación del concierto por parte del Gobierno de Cantabria, según ha informado Fomento de Centros de Enseñanza.

De esta forma, el TC revisará la sentencia del Supremo que denegó el concierto educativo a las familias de este colegio, que sólo admite alumnos varones, y analizará si la retirada de los conciertos ha vulnerado el derecho de los padres y madres a elegir la educación de sus hijos.

La sentencia del Supremo ratificaba la denegación del concierto pero contó con un voto particular que establecía que "la educación diferenciada no genera discriminación por razón de sexo" y que tal conclusión puede defenderse basándose en "la normativa actual, la normativa internacional y la propia doctrina anterior de esta Sala".

El voto particular del Supremo insistía en que la "existencia, validez y realidad de la enseñanza diferenciada y su posibilidad de participar en conciertos educativos con la Administración está reconocida en el ordenamiento".

En este mismo sentido se ha manifestado el Consejo Escolar del Estado en su último informe sobre el estado del sistema educativo, cuando afirma que hay que "asegurar la existencia de opciones diversas para que las familias puedan elegir el modelo pedagógico que consideren más adecuado para la educación de sus hijos, incluyendo el de la educación diferenciada".

Además, Fomento de Centros de Enseñanza recuerda que el Consejo de Estado ha admitido ya en varios dictámenes que la educación diferenciada cuenta con el respaldo de la UNESCO y de la Directiva 2004/113 de la Comisión Europea, y que este modelo está refrendado por las leyes educativas de países del entorno como Inglaterra, Francia, Alemania, Italia, Bélgica o Portugal.

Sentencia del supremo

En la sentencia del Supremo, se rechazaba el recurso planteado por las asociaciones de padres de los colegios Torrevelo y Peñalabra (de alumnado femenino), ambos del grupo Fomento de Centros de Enseñanza, contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) que respaldo la decisión del anterior Gobierno regional del PRC-PSOE de retirar el concierto.

El Supremo entendía que la decisión adoptada en 2009 por el Ejecutivo cántabro se ajustaba a derecho porque la Ley Orgánica de Educación prohíbe la discriminación en la escolarización por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión, o cualquier otra circunstancia personal o social.

En la actualidad, ambos centros se encuentran concertados, tras llevar a cabo la unión administrativa de los mismos. De esta manera, para la Consejería de Educación del actual Gobierno de Cantabria (PP) se trata de un mismo centro educativo, con lo que se cumple el criterio de colegio mixto.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento