Las Hermanas de la Cruz recurrirán la denegación de las cautelares contra retirada de conciertos

Las Hermanas de la Cruz, orden religiosa a la que se adscriben los centros educativos 'Ángela Guerrero' y 'Nuestra Señora de Lourdes' de Sevilla, dos de los diez afectados y recurrentes contra la decisión de la Consejería de Educación de la Junta andaluza de retirar el concierto de unidades a aquellos colegios que lleven a cabo una educación diferenciada por sexo, en base a recientes resoluciones judiciales, recurrirá la denegación de las medidas cautelares, solicitadas para poder beneficiarse del convenio, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Presentación del AMPA de 'Altair' de recurso ante el TSJA
Presentación del AMPA de 'Altair' de recurso ante el TSJA
EUROPA PRESS
Presentación del AMPA de 'Altair' de recurso ante el TSJA

Las Hermanas de la Cruz, orden religiosa a la que se adscriben los centros educativos 'Ángela Guerrero' y 'Nuestra Señora de Lourdes' de Sevilla, dos de los diez afectados y recurrentes contra la decisión de la Consejería de Educación de la Junta andaluza de retirar el concierto de unidades a aquellos colegios que lleven a cabo una educación diferenciada por sexo, en base a recientes resoluciones judiciales, recurrirá la denegación de las medidas cautelares, solicitadas para poder beneficiarse del convenio, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Así lo ha confirmado a Europa Press la letrada Carmen Mora, que representa los intereses jurídicos de estos colegios y que ha dado cuenta de las posibilidades que se abren ahora para los mismos, y que pasan por un recurso de súplica ante el mismo tribunal y otro de casación ante el Tribunal Supremo.

No obstante, Mora ha incidido en lo "delicado" del asunto, ya que, si se diese el caso de que otras instancias judiciales pudieran dar posteriormente la razón a la orden religiosa, estas medidas perderían "efectividad", toda vez que "se conculcaría el derecho a la tutela judicial efectiva", desatendiéndose la petición de unos padres que no pueden sostener con sus propios fondos la escolarización de sus hijas en estas sedes. Con todo, las Hermanas de la Cruz, ha recordado la letrada, ha expuesto su predisposición, si ello fuera necesario, de costear las plazas de las alumnas de nuevo ingreso.

De esta forma, la letrada ha lamentado "profundamente" la decisión de la Sala, "que ha quedado totalmente fragmentada y dividida", en referencia al voto particular discordante registrado por dos de sus magistrados, entre ellos el presidente.

"En la práctica, es del todo lamentable que las Hermanas de la Cruz no puedan seguir contando con las ayudas públicas para el servicio de la educación de tantas familias tan necesitadas de recursos", remarca Mora, que ve "muy grave" esta "mutilación" de un derecho "recogido en la Constitución".

En el auto judicial, al que ha tenido acceso Europa Press, el TSJA, aún reconociendo que la integración o no de niños y niñas no responde a un "capricho" de la dirección de los colegios, y sí a un modelo educativo específico amparado en la libertad ideológica y, en su caso, religiosa, establece que el modelo de la Junta es el de la "efectiva integración", que "es el que en principio aparece reconocido en la legislación educativa". Y en la confrontación entre ambos sistemas, "debe prevalecer el defendido por la administración, que sirve con objetividad los intereses generales".

Señala que no se alega que la denegación de los conciertos solicitados vaya a suponer una "perturbación" al servicio público educativo, "que se entiende será bien prestado por otros centros". Asimismo, los perjuicios causados a padres y alumnos "no pueden en modo alguno justificar la suspensión, dado que no existe más allá del derecho de elección un derecho a la efectiva escolarización de los hijos e hijas en los colegios elegidos en los procesos de admisión".

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