Adepa se reúne con Zoido por la sentencia del PGOU y señala la "idea clara de reformar" el planeamiento

La Asociación para la Defensa del Patrimonio de Andalucía (Adepa) y el alcalde de Sevilla, Juan Ignacio Zoido (PP), celebraron este pasado lunes por la tarde una reunión para analizar las consecuencias de la sentencia del Tribunal Supremo que ratifica un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), anulando definitivamente 12 artículos del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) sobre cuatro sectores del Conjunto Histórico. La reunión, según ha informado a Europa Press Joaquín Egea, portavoz de Adepa, concluyó "con la idea clara de reformar el PGOU" para suprimir las "excepciones generales" en los sectores del Conjunto Histórico Artístico de Sevilla.

La Asociación para la Defensa del Patrimonio de Andalucía (Adepa) y el alcalde de Sevilla, Juan Ignacio Zoido (PP), celebraron este pasado lunes por la tarde una reunión para analizar las consecuencias de la sentencia del Tribunal Supremo que ratifica un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), anulando definitivamente 12 artículos del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) sobre cuatro sectores del Conjunto Histórico. La reunión, según ha informado a Europa Press Joaquín Egea, portavoz de Adepa, concluyó "con la idea clara de reformar el PGOU" para suprimir las "excepciones generales" en los sectores del Conjunto Histórico Artístico de Sevilla.

La sentencia del Tribunal Supremo, emitida el 15 de marzo y recogida por Europa Press, ratifica la sentencia dictada en 2009 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía anulando la aplicación total o parcial de 12 artículos del PGOU de 2006 en cuatro sectores del Conjunto Histórico Artístico de Sevilla. Hablamos, en concreto, de los sectores Santa Catalina-Santiago (4), Catedral (7), Encarnación-Magdalena (8) y La Calzada-Fábrica de Artillería (19), respondiendo todo ello a un recurso promovido por la vía Contencioso Administrativa por Adepa contra el citado planeamiento urbano.

Elevaciones de altura y obras ajenas a la ley de patrimonio

Según zanja el Tribunal Supremo, la ordenación prevista en el plan general para los mencionados sectores del Conjunto Histórico Artístico de Sevilla "no es compatible con el régimen especial de protección establecido en la Ley de Patrimonio Histórico Español". Alude la sentencia, en concreto, a las "obras de reconstrucción y ampliación, elevaciones de altura o alteraciones de edificabilidad" recogidas en el PGOU para estos sectores "contraviniendo" los artículos 20 y 21 de la Ley de Patrimonio Histórico Español, que debe prevalecer según recuerda el Supremo.

A cuenta de la mencionada sentencia de 2009, ahora ratificada por el Tribunal Supremo, el Ayuntamiento emprendió la elaboración de planes especiales de protección para los citados sectores del casco histórico. En 2011, de hecho, la Junta cedió al Ayuntamiento las competencias relativas a la autorización de obras y actuaciones en los ámbitos del Conjunto Histórico Artístico correspondientes a los sectores La Calzada-Fábrica de Artillería y Santa Catalina-Santiago, al contar cada uno de ellos con sus respectivos planes especiales de protección plenamente validados. Meses antes, el mismo procedimiento había sido formalizado respecto al subsector 8.1 del Conjunto Histórico, bautizado como Encarnación.

Planes posteriores pero "en la misma línea"

Adepa, en ese sentido, avisa de que los planes especiales de protección elaborados por el Ayuntamiento de Sevilla después del fallo inicial de 2009 "siguen la misma línea" que al articulado del PGOU anulado ya definitivamente, con lo que la organización conservacionista cree que el fallo del Supremo implica la nulidad de dichos instrumentos de planeamiento. La organización, así, ha reclamado al alcalde, en este encuentro, que el planeamiento urbano sea plenamente "modificado" en función de la sentencia del Supremo para eliminar de la normativa urbana las "excepciones generales" que habrían permitido obras de reconstrucción y ampliación, elevaciones de altura o alteraciones de edificabilidad contrarias a la Ley estatal de Patrimonio Histórico. Estas excepcionalidades, según Egea, abrían además la puerta a la "discrecionalidad" o "arbitrariedad" en la concesión de determinadas licencias de obra.

Joaquín Egea, en ese sentido, ha explicado que el primer edil ha manifestado que el Ayuntamiento tiene ya a "cuatro personas" trabajando en la aplicación de la sentencia y que su contenido será "íntegramente" llevado a la práctica. "Hay una clara idea de modificar el PGOU para hacer desaparecer las excepciones generales en las normas y encuadrarlas en las fichas de cada inmueble, siempre en el caso de que cupiese una excepción concreta", ha explicado Egea.

Rumbo a la unesco

En paralelo, Joaquín Egea ha manifestado que su organización trasladará además la sentencia al Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (Icomos por sus siglas en inglés), para que a su vez la eleve a la Organización de las Naciones Unidas para la Ciencia, la Educación y la Cultura (Unesco).

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