El TS rechaza el recurso de Gandia contra los permisos de investigación de hidrocarburos frente a la costa

La sección tercera de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por el Ayuntamiento de Gandia (Valencia) contra dos Reales Decretos de diciembre de 2010 por los que se concedían permisos de investigación de hidrocarburos a las empresas 'Capricorn Spain Limited' y 'Medoil PLC' frente a las costas de Valencia.

La sección tercera de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por el Ayuntamiento de Gandia (Valencia) contra dos Reales Decretos de diciembre de 2010 por los que se concedían permisos de investigación de hidrocarburos a las empresas 'Capricorn Spain Limited' y 'Medoil PLC' frente a las costas de Valencia.

El Ayuntamiento de Gandia interpuso un recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 1774/2010, de 23 de diciembre, por lo que se otorgaba a 'Capricorn Spain Limited' los permisos de investigación de hidrocarburos 'Alta Mar 1' y 'Alta Mar 2' y contra el Real Decreto 1775/2010 de la misma fecha, que los concedió a 'Medoil PLC', denominados 'Albufera', 'Benifaió' y 'Gandia', situados en el Mediterráneo frente a las costas de Valencia.

El consistorio gandiense había alegado la vulneración de los principios y criterios de la Ley 27/2006 por la que se regulan los derechos de acceso a la información, participación pública y acceso a la justicia en materia de medio ambiente y porque consideraba que 'Capricorn Spain Limited' no cumplía los requisitos de idoneidad exigidos para ser titular de los permisos porque la firma reviste forma de sociedad limitada.

La sala considera, en primer lugar, que el recurso del consistorio es admisible y no extemporáneo, ya que no puede descartarse que de la actividad objeto de los permisos de investigación "deriven determinados perjuicios a los intereses de municipio costero, dada su situación geográfica y el área marítima sujeta a aquéllos", lo que basta para reconocer la legitimidad del Ayuntamiento.

Pudo alegar

Sin embargo, rechaza los dos argumentos. En primer lugar, señala que ya se pronunció del mismo modo en relación con la primera alegación en el recurso que presentó el Ayuntamiento de Valencia y recalca que el consistorio de Gandia pudo intervenir en el procedimiento y formular las alegaciones oportunas al igual que hizo Valencia, la Generalitat y WWF/Adena.

En relación a la alegación de que 'Capricorn Spain Limited' no cumple los requisitos de idoneidad, que es el "único argumento de fondo" opuesto, la sala lo rechaza ya que considera que los preceptos reglamentarios de 1976 que establecían que los permisos únicamente podían otorgarse a sociedades anónimas, quedaron derogados por la Ley 34/1998 del Sector de Hidrocarburos. Esta norma no incluye entre los requisitos de idoneidad exigidos a los titulares de los permisos de investigación de hidrocarburos la adopción de un determinado tipo o modalidad societaria.

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