Santa Bárbara Sistemas presenta su propuesta final a trabajadores, con 25 días y 14 meses para los despidos forzosos

La dirección de Santa Bárbara Sistemas ha presentado este viernes a los sindicatos su propuesta final que representa "el mejor acuerdo posible en las circunstancias actuales", y donde se mejora la indemnización para los despidos forzosos hasta los 25 días por año trabajado con un tope de 14 meses, además de elevar el tope de la indemnización para las salidas voluntarias a 24 meses.

La dirección de Santa Bárbara Sistemas ha presentado este viernes a los sindicatos su propuesta final que representa "el mejor acuerdo posible en las circunstancias actuales", y donde se mejora la indemnización para los despidos forzosos hasta los 25 días por año trabajado con un tope de 14 meses, además de elevar el tope de la indemnización para las salidas voluntarias a 24 meses.

Empresa y sindicatos siguen negociando las condiciones del expediente de regulación de empleo (ERE) y el expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) presentados, mientras que los trabajadores mantienen el encierro indefinido en cada una de las factorías.

Fuentes de la empresa han indicado a Europa Press que la dirección de la empresa ha presentado este viernes al comité intercentros una última propuesta, que "mejora notablemente las condiciones económicas de aplicación general para las salidas forzosas, al establecer indemnizaciones de 25 días por año trabajado con un tope de 14 meses".

Además, "eleva el tope de la indemnización para las adscripciones voluntarias a 22 meses y añade una prima adicional lineal para los empleados con antigüedad superior a los 25 años, entre otras mejoras". Así, incrementa las indemnizaciones para las salidas voluntarias de trabajadores con más de 25 años de antigüedad con el pago de primas que oscilan entre 10.000 y 15.000 euros brutos, y se aumenta hasta el 85 por ciento del salario neto el complemento para las prejubilaciones de empleados con 58, 59 y 60 años.

La dirección de la empresa hace un llamamiento al comité intercentros para que "valore el esfuerzo que representa esta propuesta definitiva que recoge algunas de las preocupaciones que la parte social ha manifestado durante todo el periodo de negociación", y solicita que "la analice con espíritu de poder firmar el acuerdo".

La empresa asegura que desde el inicio del periodo de consultas el pasado 14 de febrero, y en un esfuerzo por atenuar el impacto de las medidas de ajuste, la dirección ha presentado varias propuestas sucesivas que "mejoran de forma notable las condiciones generales que fija la ley para los expedientes de regulación de empleo, pues reducen hasta en 117 el número de despidos y elevan las indemnizaciones no sólo para las prejubilaciones y salidas voluntarias sino también para los despidos forzosos".

La dirección de la empresa ha advertido de que "de no cerrarse ningún acuerdo, la empresa comunicará a la autoridad laboral y a los representantes de los trabajadores, en un plazo máximo de 15 días, esto es, el próximo 21 de marzo, las condiciones en las que se aplicará el ERE y el ERTE".

La propuesta definitiva presentada por la dirección este viernes y que está sobre la mesa en respuesta a las distintas propuestas expresadas por el comité intercentros incluye una disminución del número de afectados por el ERE, toda vez que "el número de afectados por el ERE puede verse minorado en 117 contratos, fundamentalmente directos, de Trubia, Granada, Madrid y Sevilla". Estos trabajadores serían incluidos en el ERTE, "conforme al criterio que la dirección ha venido manteniendo durante todo el proceso de negociación de minorar el número de extinciones de empleo traspasándolos al ERTE".

De esta forma, se deja aparte a estos efectos La Coruña —a la que se aplicarían las condiciones generales de prejubilaciones y bajas incentivadas propuestas, con fecha límite 1 de junio—, siendo el resto extinciones forzosas, si bien su ejecución se difiere al mes de junio de 2013. En caso de acuerdo, se pormenorizaría por ubicación.

En ese caso, a efectos de lograr la estructura definida en cada ubicación, se aplicarán adicionalmente las movilidades funcionales y/o geográficas necesarias para lograrlo, "todas ellas amparadas y justificadas en este ERE", mientras que en el caso de que estas movilidades no fueran aceptadas se aplicaría la afectación forzosa al ERE.

Las condiciones económicas generales se mejoran hasta los 25 días por año trabajado con el tope de 14 meses. Estas condiciones serán de aplicación a aquellos empleados afectados forzosamente por el ERE; y se introduce el concepto de voluntariedad, toda vez que la dirección ofrecerá un periodo de 15 días naturales tras la finalización de la negociación en el que podrá recibir solicitudes de adscripción voluntaria al ERE.

La solicitud de adscripción voluntaria será vinculante para la empresa, que podrá no aceptar por decisión motivada aquellas solicitudes que considerara necesarias para la continuidad de la actividad. La respuesta se produciría en el plazo máximo de 10 días naturales tras la finalización del periodo de adscripción voluntaria.

Mejora para los voluntarios

Aquellos empleados que se adscriban de forma voluntaria al ERE propuesto por la empresa, verán incrementadas sus condiciones indemnizatorias respecto de aquellos otros que resulten afectados de manera forzosa, de forma que en ese caso se ampliará el periodo de recolocación a través de dos reconocidas empresas del sector GRI (Gabinete de Recolocación Industrial) y Lee Hecht Harrison, aumentando en seis meses el periodo de seis que resulta legalmente aplicable. Por ello, durante los mencionados 12 meses, los empleados podrían utilizar los servicios ofertados.

Se contemplan indemnización de 30 días de salario por año trabajado con un tope de 24 mensualidades en términos generales y para los de más de 25 años de antigüedad se contempla una prima adicional de 10.000 euros brutos, mientras que para los que tengan más de 35 años de antigüedad, se contempla una prima adicional de 15.000 euros brutos.

Asimismo, habrá una indemnización de 30 días de salario por año trabajado con un tope de 20 meses para los que cumplan 61 años en 2013; una indemnización de 30 días de salario por año trabajado con un tope de 18 mensualidades para los que cumplan 62 años en 2013; mientras que los empleados de 63 años en adelante a la fecha de efectos no podrán optar a las vías voluntarias.

PREJUBILACIONES

Además, las prejubilaciones son voluntarias para aquellos empleados con una antigüedad mínima en la empresa de 15 años y que tengan una edad de entre los 56 y los 60 años a la fecha de efectos del ERE, o cumplan los 56 años o los 60 hasta final de 2013. Para La Coruña la fecha de referencia es no más tarde del 1 de junio.

La empresa precisa que las prejubilaciones no son obligatorias, y el interesado puede optar por la indemnización propuesta para la adscripción voluntaria. Los empleados de 63 años en adelante a la fecha de efectos, no podrán optar a la vía voluntaria.

La empresa indica que el convenio especial con la Seguridad Social se satisfaría por la empresa hasta la edad de jubilación fijada (63 años) y el complemento, que será hasta el 75 por ciento del neto para los que cumplan 56 años y hasta el 80 por ciento para los que cumplan 57 años en 2013.

Para los que cumplan 58, 59 y 60 el complemento será hasta del 85 por ciento del neto. Ambos tendrían a partir de 2014 revaloración anual del 1,5 por ciento. La fecha de baja será en la que cumplan los años durante 2013 o a la fecha de puesta en marcha del ERE.

Asimismo, aquellos empleados que se encuentran jubilados parcialmente así como los trabajadores relevistas contratados en sustitución de los primeros no verán afectado su estatus jurídico.

En el caso del centro de trabajo de Coruña, se aplicará la movilidad geográfica de todos ellos, dada la decisión de no continuar la actividad en este centro de trabajo a partir de junio.

Condiciones del erte

En cuanto al ERTE, se aplicará rotativamente de modo que se puedan equilibrar los efectos de la incorporación al mismo. Igualmente, se analizará la posible exclusión de quiénes no hayan devengado derechos a la prestación contributiva por desempleo; y se complementará dicha prestación hasta el 70 por ciento del salario bruto.

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