Muñoz (FAMP) recuerda a los ayuntamientos su "importante papel" en el Fondo Social de Viviendas destinadas al alquiler

La presidenta de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP), Ángeles Muñoz, ha mandado un escrito a las corporaciones locales en el que les recuerda su "importante papel" en el Fondo Social de Viviendas destinadas al alquiler, una iniciativa mediante la cual las entidades de crédito firmantes ponen 6.000 viviendas en alquiler a bajos precios a disposición de las familias en situación especial de vulnerabilidad que han sido desalojadas de su vivienda y que cumplan una serie de requisitos.
Ángeles Muñoz
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Europa Press/Archivo
Ángeles Muñoz

La presidenta de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP), Ángeles Muñoz, ha mandado un escrito a las corporaciones locales en el que les recuerda su "importante papel" en el Fondo Social de Viviendas destinadas al alquiler, una iniciativa mediante la cual las entidades de crédito firmantes ponen 6.000 viviendas en alquiler a bajos precios a disposición de las familias en situación especial de vulnerabilidad que han sido desalojadas de su vivienda y que cumplan una serie de requisitos.

En la citada misiva, a la que ha tenido acceso Europa Press, Muñoz recuerda que el pasado 17 de enero los ministerios de Economía y Competitividad, Sanidad y Servicios Sociales y Fomento, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), la Plataforma del Tercer Sector, las patronales bancarias y 33 entidades de crédito firmaron el convenio para la constitución del Fondo Social de Viviendas destinadas al alquiler.

Muñoz apunta que, dado que las corporaciones locales juegan un papel "muy importante" en la valoración de las solicitudes para la asignación de estas viviendas, ha considerado oportuno recordar a través de esta carta alguno de los pormenores del procedimiento a seguir para participar en esta iniciativa.

De este modo, la presidenta de la FAMP señala que las solicitudes deberán dirigirse a la entidad de crédito correspondiente, que darán prioridad a aquellas situaciones de mayor necesidad o riesgo social.

Solicitarán para ello informe a los servicios sociales de los ayuntamientos y diputaciones que correspondan al municipio de residencia de los solicitantes, siempre que estas entidades locales se hayan adherido a este convenio con una anterioridad de, al menos, 15 días a la finalización del plazo de admisión de solicitudes.

Dicho informe valorará las circunstancias sociales de las familias solicitantes y su elegibilidad a los efectos de lo previsto en esta cláusula. Sin perjuicio de ello, las entidades de crédito podrán llegar a acuerdos de colaboración con los ayuntamientos y diputaciones, con el fin de que sean éstos los encargados de realizar la evaluación.

Muñoz recuerda también que las entidades locales que se adhieran al presente convenio y actúen como entidades colaboradoras se comprometen a asesorar a quienes soliciten información sobre el procedimiento para solicitar una vivienda de los fondos sociales; a emitir, en el plazo previsto, el informe sobre la evaluación de las circunstancias sociales; a colaborar con las entidades de crédito; y a difundir en su territorio el objeto y contenido del convenio.

Si bien, la decisión de adhesión deberá adoptarse por acuerdo del Pleno de la corporación o de la Junta de Gobierno Local, según la distribución de atribuciones establecida en la Ley reguladora de Bases de Régimen Local.

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