La juez que enjuiciará a Ortega Cano rechaza suspender el juicio por la varicela de un abogado

El abogado de la acusación particular afectado por la varicela "acata" la decisión y asistirá a la vista oral "estando más o menos contagioso"
José Ortega Cano
José Ortega Cano
EUROPA PRESS
José Ortega Cano

La juez de Sevilla que tiene previsto enjuiciar a partir de la semana próxima al exmatador de toros José Ortega Cano por el accidente de tráfico ocurrido el 28 de mayo de 2011, cuando su vehículo colisionó contra otro coche provocando el fallecimiento de un vecino de Castilblanco de los Arroyos identificado como Carlos Parra, ha rechazado la petición de suspensión planteada por uno de los abogados de la acusación particular al estar enfermo de varicela.

Fuentes judiciales han informado a Europa Press de que la juez de lo Penal número 6 de Sevilla, Sagrario Romero, ha dictado una providencia en la que rechaza la petición planteada por Andrés Romero, el abogado que ejerce la acusación particular en nombre de la familia de la víctima junto a su hermano, Luis Romero, que había solicitado el aplazamiento de la vista oral al estar de baja laboral aquejado de varicela.

La juez sustituta argumenta en su escrito que "en el poder de pleitos presentado" por la acusación particular "aparecen más abogados" que podrían actuar en nombre de la familia, pues la acusación particular está representada también por el hermano de Andrés Romero, que pertenece a su mismo bufete.

Tras conocer esta decisión, el letrado Andrés Romero ha manifestado en declaraciones a Europa Press que "acata" la "no suspensión" del juicio contra el extorero y que, "tal y como es su obligación", asistirá a la vista oral los días señalados "en mejor o peor estado, estando más contagioso o menos contagioso".

En este sentido, fuentes del caso han indicado que el no aplazamiento del juicio contra Ortega Cano "abre el camino a la posible nulidad" del mismo, ya que si el letrado Andrés Romero "no está bien, no podrá asistir" a la vista oral "con todos sus sentidos y en un estado adecuado y óptimo".

La fiscalía le pide cuatro años de cárcel

El juicio contra Ortega Cano, para el que se han acreditado hasta el momento más de 40 medios de comunicación, se celebrará los días 12, 13, 14, 15 y 19 de marzo, fecha en la que está previsto que concluya la vista oral con los informes de conclusiones del fiscal, la acusación particular y la defensa del exmatador de toros.

La Fiscalía de Sevilla solicita para el acusado cuatro años de cárcel y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante seis años por el accidente ocurrido el 28 de mayo de 2011, cuando el Mercedes Benz R320 que conducía Ortega Cano colisionó frontalmente con el vehículo de la víctima en la carretera que une Burguillos con Castilblanco de los Arroyos.

Según el Ministerio Público, que le imputa un delito de homicidio imprudente en concurso con dos delitos contra la seguridad vial, uno por conducción temeraria y otro por circular bajo los efectos del alcohol, el exmatador de toros circulaba bajo los efectos del alcohol, lo que "le mermaba los reflejos necesarios para" conducir, "haciendo que su conducción fuera irregular, realizando maniobras arriesgadas para él mismo y los demás usuarios de la vía".

El fiscal relata que los hechos tuvieron lugar sobre las 22,00 horas del día 28 de mayo de 2011, cuando el acusado, tras dejar a su hija en Villaverde del Río, emprendió el viaje de regreso a su casa en la finca Yerbabuena, ubicada en Castilblanco. Así, precisa que el exmatador de toros circulaba en un Mercedes Benz R320 "en condiciones no apropiadas para ello" debido "a la previa ingestión excesiva de alcohol".

Invasión del carril contrario

Así, circulando por la A-8002 "en un tramo curvo a la derecha, con visibilidad reducida, con señalización tanto vertical como horizontal de prohibido adelantar, con señal de advertencia de peligro y limitación genérica de prohibición de circular a más de 90 kilómetros por hora, el acusado perdió el control del vehículo al trazar la curva, invadiendo durante 60 metros el carril de sentido contrario, llegando a colisionar de frente contra el Seat Aleta" conducido por la víctima, relata el fiscal.

Añade el fiscal que el acusado circulaba a 125,2 kilómetros por hora frente a los 51 km/h de la víctima. Así, y a consecuencia de la "brutal" colisión, Parra falleció en el acto por traumatismo torácico severo y rotura cardiaca.

Respecto al acusado, sufrió numerosas fracturas y heridas que le provocaron un shock hipovolémico, quedando atrapado en su vehículo, del que fue excarcelado casi dos horas más tarde, tras lo que fue ingresado en el Hospital Virgen Macarena a las 1,00 horas del 29 de mayo. "Debido al estado en el que se encontraba y siendo prioritario atender a su grave situación física", los agentes de la Guardia Civil no realizaron al acusado la prueba de alcoholemia reglamentaria.

Positivo en la prueba de alcoholemia

No obstante, y una vez fue ingresado, se le realizaron dos extracciones de sangre "con finalidad terapéutica", tras lo que el juez instructor ordenó la remisión de muestra suficiente de la extracción al Instituto Nacional de Toxicología al objeto de analizar la presencia de alcohol o cualquier otro tóxico, detectándose finalmente 1,26 de gramos de alcohol por litro en la sangre del acusado.

De su lado, la defensa del ganadero pide su libre absolución al considerar "nula de pleno derecho" la prueba de alcohol realizada y alegar que "conducía a una velocidad permitida reglamentariamente", para lo que ha aportado a la causa dos informes periciales que apuntan que el extorero circulaba a una velocidad de entre 79 y 96 kilómetros por hora —frente a los 125 km/h marcados por la Guardia Civil—.

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