Chamizo señala la "mala praxis" del Ayuntamiento con los veladores y su beneficio para los infractores

La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, dirigida por José Chamizo, señala en una nueva resolución que "la mala praxis" del Ayuntamiento de Sevilla en materia de veladores motiva que a los negocios infractores les sea más "ventajoso" no solicitar la preceptiva licencia y "persistir" sencillamente "en la situación de ilicitud antes que asumir los costes de legalizar su situación". El departamento de Chamizo, en ese sentido, avisa de la proliferación de expedientes de queja "de características similares" en esta materia.

La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, dirigida por José Chamizo, señala en una nueva resolución que "la mala praxis" del Ayuntamiento de Sevilla en materia de veladores motiva que a los negocios infractores les sea más "ventajoso" no solicitar la preceptiva licencia y "persistir" sencillamente "en la situación de ilicitud antes que asumir los costes de legalizar su situación". El departamento de Chamizo, en ese sentido, avisa de la proliferación de expedientes de queja "de características similares" en esta materia.

En esta nueva resolución, emitida el 24 de enero y recogida por Europa Press, la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz describe la queja promovida en mayo de 2012 por un ciudadano de Sevilla cuya vivienda se ubica junto a "dos cervecerías". La queja en cuestión aludía a los "elevados niveles de ruido" generados por las terrazas de veladores de ambos negocios —con más de cien unidades—, porque tales veladores carecerían de la correspondiente autorización por parte del Ayuntamiento hispalense, al que este ciudadano acusa de "no solventar" esta situación.

Años atrás

Tras requerir al Ayuntamiento de Sevilla toda la documentación correspondiente a estos negocios de hostelería, la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz pone de relieve en esta resolución que en ambos casos mediaban expedientes, por cierto muy parecidos. En los dos casos, la Gerencia de Urbanismo ordenó en 2010 la "inmediata suspensión de la instalación de veladores" al carecer de licencia o no ajustarse a la licencia en cuestión, toda vez que a comienzos de 2012, la Gerencia de Urbanismo acordó multas coercitivas para ambos negocios por el incumplimiento de estas órdenes.

En agosto de 2012, ambos expedientes "estaban en la Sección Técnica del Servicio de Disciplina Urbanística, pendientes de que se girase visita de inspección para comprobar si los establecimientos cumplen con la legalidad", porque "en caso contrario, se acordaría la imposición de nuevas multas coercitivas". La resolución da cuenta también de que en ese mismo mes de agosto, este vecino habría comprobado, en la propia Gerencia de Urbanismo, que en uno de los expedientes en cuestión "no rezaba copia de ninguno de los informes elaborados por la Línea Verde de la Policía Local ni copia de las resoluciones dictadas por el Área de Medio Ambiente en el expediente sancionador incoado frente al titular del establecimiento".

Entretanto, este vecino habría insistido en sus llamadas a la Policía Local e incluso veía como en los aledaños de su vivienda abría ahora sus puertas un nuevo bar de copas "con veladores y taburetes que tampoco cuentan con licencia municipal".

Sin sanciones

Visto el asunto, la Oficina del Defensor del Pueblo andaluz expone en esta resolución que "a pesar de la existencia de numerosas denuncias, de diversas visitas de inspección giradas por técnicos municipales, de las comprobaciones realizadas por agentes de la autoridad adscritos a la Línea Verde, y de la incoación de diversos expedientes administrativos para la protección de la legalidad, hasta la fecha no parece haber sido incoado ni un solo expediente sancionador" por lo que se refiere a las terrazas de estos dos bares.

El departamento de Chamizo razona que "el hecho de que la Gerencia de Urbanismo haya adoptado acuerdos ordenando la suspensión inmediata del uso de los veladores no excluye la necesidad de incoar expediente sancionador por la comisión de los ilícitos administrativos señalados", toda vez que "las propias multas coercitivas impuestas a los titulares de ambos establecimientos no constituyen sanciones económicas derivadas de los ilícitos constatados por los funcionarios municipales".

DILACIONES

Así, el departamento de Chamizo resuelve que "el silencio absoluto que el Consistorio guarda respecto a la incoación de expedientes sancionadores lleva a concluir su inexistencia", lo que deriva en "la total impunidad de ilícitos administrativos perfectamente constatados por el Ayuntamiento". En su resolución, la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz da cuenta de los "excesivos y reiterados retrasos habidos en la tramitación de los expedientes de protección de la legalidad aludidos por la Gerencia de Urbanismo" en este caso y de las "llamativas dilaciones" en la imposición de las multas coercitivas, extremo que conecta con "otros expedientes de queja de características similares".

"Desde que el afectado presentara sus primeras denuncias en 2009, han transcurrido más de tres años sin que la actuación municipal haya propiciado una adecuación a la legalidad de las actuaciones denunciadas. La conclusión inevitable no puede ser otra que constatar que la mala praxis del Ayuntamiento de Sevilla está provocando que a los infractores de la normativa sobre ocupación de la vía pública con veladores les esté resultando económicamente más ventajoso no solicitar la preceptiva licencia y persistir en la situación de ilicitud, antes que asumir los costes de legalizar su situación y abonar las tasas legalmente estipuladas", resume el departamento de Chamizo.

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