Cinco actuaciones eléctricas en Cantabria se incluyen como imprescindibles en la planificación 2008-2016

Cinco actuaciones eléctricas en Cantabria se incluyen como imprescindibles en la planificación 2008-2016, entre ellas, la subestación de 400 kV de Solórzano.
Energía, Electricidad, Torre Eléctrica
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EUROPA PRESS
Energía, Electricidad, Torre Eléctrica

Cinco actuaciones eléctricas en Cantabria se incluyen como imprescindibles en la planificación 2008-2016, entre ellas, la subestación de 400 kV de Solórzano.

El Ministerio de Industria ha publicado el listado de instalaciones incluidas en la Planificación de los Sectores de Electricidad y Gas (PSEG) 2008-2016 que, de acuerdo con los informes presentados por el Operador del Sistema con fecha de 19 de noviembre de 2012, se consideran críticas.

En el listado, consultado por Europa Press, aparecen la subestación de Solórzano 400 kV; la entrada/salida en dicha subestación de la línea Penagos-T Udalla 400 kV; eliminación T Udalla; transformador Solórzano 400/220 kV AT1; y nueva línea de cable de doble circuito Cicero-Solórzano 220 kV.

Según consta en el acuerdo, se ha llevado a cabo un análisis para determinar las infraestructuras de transporte de electricidad incluidas en la Planificación de los Sectores de Electricidad y Gas 2008-2016 cuya puesta en servicio resulta imprescindible para garantizar la seguridad del suministro, de acuerdo con los informes presentados por el Operador del Sistema.

Se trata de actuaciones cuya ejecución reviste carácter de urgencia, no pudiendo esperar a la aprobación de la nueva planificación de la red de transporte de energía eléctrica para ser autorizadas.

Como resultado de este análisis basado en los informes técnicos del Operador del Sistema, se ha obtenido una lista de infraestructuras cuya puesta en servicio se considera urgente, por cumplir cada una de ellas alguno de los supuestos de excepción para poder ser autorizadas de entre los previstos en el Real Decreto-ley que consideró necesario replantearse la necesidad de llevar a cabo algunas de las instalaciones incluidas en la PSEG 2008-2016.

Dicho decreto establece que, con carácter excepcional y mediante acuerdo del Consejo de Ministros, se podrá habilitar a la Dirección General de Política Energética y Minas para la emisión de la autorización administrativa de aquellas instalaciones de su competencia o para la emisión de informes favorables en el caso de instalaciones de transporte autorizadas por las comunidades autónomas.

El carácter excepcional vendrá justificado si la no construcción de la instalación supone un riesgo "inminente" en la seguridad del suministro o un impacto económico negativo en el sistema eléctrico, así como si su construcción resulta estratégica para el conjunto del Estado.

Con fecha de 20 de noviembre de 2012 el Operador del Sistema Eléctrico remitió a la Dirección General de Política Energética y Minas información técnica detallada en relación a una serie de infraestructuras, actualmente planificadas, para las que considera urgente el levantamiento de la suspensión recogida en el Real Decreto-ley citado, justificando dicha necesidad caso por caso, para que con carácter excepcional sean autorizadas y se emitan con carácter favorable los informes correspondientes.

Así se considera que en dicha documentación se aportan las justificaciones de carácter técnico que recogen que la no construcción de dichas instalaciones podría suponer un riesgo inminente para la garantía de suministro.

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