La comisión sobre ventas y externalización del sector público informará cada 15 días sobre los avances realizados

La comisión para el seguimiento de los procesos de venta y externacionalización de activos y de entidades del sector público empresarial y fundacional de la Generalitat informará con periodicidad semanal al vicepresidente del Consell, José Císcar, sobre los avances realizados y asuntos tratados en el ejercicio de sus funciones. El Gobierno valenciano también podrá recabar información en cualquier momento que lo estime pertinente.

La comisión para el seguimiento de los procesos de venta y externacionalización de activos y de entidades del sector público empresarial y fundacional de la Generalitat informará con periodicidad semanal al vicepresidente del Consell, José Císcar, sobre los avances realizados y asuntos tratados en el ejercicio de sus funciones. El Gobierno valenciano también podrá recabar información en cualquier momento que lo estime pertinente.

El Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) publica este lunes el decreto por el que crea la comisión para el seguimiento de los procesos de venta y externalización de activos y de entidades del sector público empresarial y fundacional de la Generalitat, que aprobó el pasado viernes el pleno del Consell.

La comisión actúa como órgano colegiado interdepartamental de la Generalitat, al que le corresponde la coordinación general, seguimiento, asesoramiento y verificación de las actuaciones, procesos y proyectos de venta o externalización que se lleven a cabo o se pretendan emprender por parte de los órganos gestores competentes para su ejecución.

En concreto, corresponden a la comisión proponer el marco general, así como las directrices, los objetivos y los criterios generales de actuación en los procesos de venta y proyectos de externalización del ámbito material de la comisión, en su caso proponiendo nuevas iniciativas o la mejora de las que ya se hallen en curso, así como, con carácter global, el impulso de la excelencia en la gestión y explotación de los activos y entidades del sector público empresarial y fundacional de la Generalitat.

También se encargará de coordinar, asesorar y realizar el seguimiento general de las actuaciones que se emprendan por los órganos gestores competentes de los procesos de venta y de los proyectos de externalización, a través de indicadores de gestión y de objetivos y de los cuadros de mando operativos que se acuerden.

Asimismo, esta comisión tendrá otras competencias y funciones relacionadas con el ámbito de su actuación que le sean atribuidas por la normativa vigente o por la que en el futuro se dicte, así como las que le encomiende el Consell por mandato específico o disposición de carácter general, y las que quepa serle delegadas por los órganos con competencia en las materias señaladas.

COMPOSICIÓN

La comisión estará compuesta por una presidencia, que corresponderá a quien ostente la titularidad de la Secretaría Autonómica de Presidencia (Cristina Macías Martín); y una vocalía-secretaría, que será ocupada por quien ostente la titularidad de la Subsecretaría de la Conselleria de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua (Jesús Marí Farinós).

Además se crearán cuatro vocalías, que corresponderán a quien ostente la titularidad de la secretaría autonómica con competencias en materia de Hacienda y Presupuestos (Eusebio Monzó Martínez); quien ocupe la Subsecretaría de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte (Virginia Jiménez Martínez); quien tenga la titularidad de la dirección general con competencias en materia de economía (Rafael Sánchez Pellejero); y quien ocupe el puesto de la dirección general con competencias en materia de sector público empresarial (Ignacio Ventura García).

Por su parte, la coordinación y supervisión general de la Comisión corresponderá al conseller de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua y vicepresidente del Consell, que también podrá convocar sus reuniones.

A sus reuniones, se podrá convocar también, con voz pero sin voto, a altos cargos o a representantes de las entidades del sector público empresarial y fundacional cuando se considere conveniente en atención a las características de la organización, los asuntos a tratar o los trabajos a desarrollar. Asimismo, cuando se estime necesario, se podrá acordar la asistencia de personal funcionario, personal técnico o de especialistas a efectos de que informen o asesoren.

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