Lo obligan a derribar su casa construida en suelo no urbanizable

Tendrá que derribar su casa por construirla en suelo rústico no urbanizable.
El juez le impone además seis meses de prisión por este delito contra la ordenación del territorio y lo condena con doce meses de multa con una cuota diaria de tres euros por el delito y otros quince días de multa con la misma cuota por la falta. La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, considera probado que J.G.P., en su condición de promotor y propietario de una finca ubicada en el término municipal de Puente Genil, inició en 2003 unas obras con la finalidad de construirse una casa sin haber solicitado la correspondiente licencia. Además, el Ayuntamiento de Puente Genil ordenó la paralización de las obras, pero el acusado hizo caso omiso.
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