AUPA dice que el "verdadero" mínimo para asistir a juntas del Racing es 5 acciones, no 50 como exige el actual Consejo

La Asociación Unificada de Pequeños Accionistas (AUPA) del Racing de Santander ha asegurado este martes que el "verdadero" mínimo para poder asistir a las juntas del club cántabro son 5 acciones, no 50 como exige el actual Consejo de Adminsitración para la convocada el próximo 19 de diciembre.

La Asociación Unificada de Pequeños Accionistas (AUPA) del Racing de Santander ha asegurado este martes que el "verdadero" mínimo para poder asistir a las juntas del club cántabro son 5 acciones, no 50 como exige el actual Consejo de Adminsitración para la convocada el próximo 19 de diciembre.

En un comunicado, AUPA ha afirmado que en 1998 se "modificó" el límite de acceso a las juntas a cinco acciones por lo que exige al Racing que permita la entrada de accionistas que posean cinco acciones, como —ha dicho— se ha hecho desde 1999, y no con 50.

La Asociación ha explicado que cuando el Racing se constituyó en sociedad anónima, en los Estatutos Sociales se indicaba, en su artículo 16, que para asistir a las Juntas de Accionistas se debía acreditar ser titular de al menos, cinco acciones.

Este límite se amplió en la Junta de Accionistas de 22 de octubre de 1996, estableciéndose en cincuenta, que es la modificación con la que se queda el Consejo actual.

Sin embargo, apelando al derecho de información del accionista, AUPA ha pedido examinar las actas de las Juntas de Accionistas desde 1997, algo que ha hecho este martes en presencia del secretario externo del Consejo, donde "se ha podido comprobar" que en la Junta Extraordinaria de Accionistas de 16 de diciembre de 1998, en el punto cuarto del Orden del Día, se incluía la modificación del artículo dieciséis de los Estatutos Sociales que rebajaba de cincuenta títulos a cinco, otra vez, la representación mínima exigida.

El acuerdo fue aprobado y, desde esa fecha hasta la Junta del pasado mes de mayo, los accionistas poseedores o representando cinco acciones, "han entrado, hablado y dejado constancia en los actas de las juntas".

La rebaja del mínimo,

No inscrita en el registro mercantil

Sin embargo, AUPA ha reconocido que el "problema" se suscita en que el último acuerdo anotado en el Registro Mercantil es el de 1996, inscrito en fecha 6 de octubre de 1997, por lo que "teóricamente, en la convocatoria de esta Junta, se cumplen los Estatutos".

A pesar de ello, ha insistido en que, desde 1998, "la realidad es otra y su aplicación desde 1999 es, a su juicio, "fácilmente comprobable": el Racing ha procedido con el acuerdo aún sin estar inscrito en el Registro Mercantil".

"Por tanto, que entren con cincuenta o cinco acciones depende exclusivamente de este Consejo, ciñéndose a la legalidad, que es el respeto a los acuerdos sociales tomados en Junta de Accionistas", ha señalado AUPA.

Los minoritarios entienden que, a pesar de no haber sido inscrito, el acuerdo "no es inválido", toda vez que el acta de la Junta de 1998 está elevada a público, lo que en el derecho mercantil se conoce, según han señalado, "como requisito formal con mero valor probatorio (eficacia "ad probationem"), según los principios generales de la teoría del negocio jurídico.

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