El alcalde de Somontín condenado a inhabilitación pide la baja del PP y dimite como diputado provincial

El alcalde de Somontín (Almería) y diputado provincial, Ramón Rueda (PP), ha pedido este martes su baja en el partido y ha presentado la dimisión de su cargo en la Diputación tras ser condenado a siete años y nueve meses de inhabilitación por dar agua a la casa ilegal de su suegro.

El alcalde de Somontín (Almería) y diputado provincial, Ramón Rueda (PP), ha pedido este martes su baja en el partido y ha presentado la dimisión de su cargo en la Diputación tras ser condenado a siete años y nueve meses de inhabilitación por dar agua a la casa ilegal de su suegro.

En un comunicado en el que no explica su decisión sobre continuar al frente de la Alcaldía, Rueda ha indicado que la decisión responde a su deseo de "no perjudicar a mis compañeros, al PP o a la institución que fielmente he representado durante cinco años como diputado provincial, primero en la oposición y ahora en el equipo de gobierno".

"Quiero que el debate de mis compañeros se centre en solucionar los problemas de la provincia de Almería y no en mis problemas personales. Por ello, voy a presentar mi baja esta misma mañana ante el Partido Popular y mi dimisión en la Diputación Provincial", ha asegurado.

En esta línea, ha señalado que se trata de "una de las decisiones más duras" de su vida, al tiempo que ha anunciado la interposición de un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Almería ya que confía "plenamente" en su inocencia y dice que va a "demostrarlo".

Rueda ha explicado que va a ocupar su tiempo en centrarse en la defensa de su caso para demostrar su inocencia y ha agradecido el apoyo mostrado por todos sus compañeros ante una sentencia que, a su juicio, es "desproporcionada". "Doy gracias al presidente del PP, Gabriel Amat, y a todos mis compañeros por los apoyos recibidos en estas últimas horas", ha concluido.

El Juzgado de lo Penal número 5 ha considerado que el regidor autorizó el suministro de agua "teniendo conocimiento" de que la edificación no contaba con la "preceptiva licencia de obras ni de primera ocupación" y con "desprecio de las normas exigidas por el ordenamiento jurídico".

Indica también que "dejó de cumplir con su obligación de poner los hechos en conocimiento de las autoridades" a efectos de persecución penal "sabiendo" que podían constituir un delito contra la ordenación del territorio, por lo que le condena por delitos de prevaricación y omisión del deber de perseguir delitos.

La sentencia condena, asimismo, a doce meses de prisión y multa de 15 meses con una cuota diaria de diez euros al suegro del alcalde, Juan O.A. como promotor de la obra y a Ramón G.A., constructor del inmueble por delitos contra la ordenación del territorio.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento