Sancionan con 2.000 euros a la persona que arrojó una pava desde el campanario de Cazalilla en febrero de 2012

La Asociación Nacional para la Protección y el Bienestar de los Animales (Anpba) ha recibido escrito firmado por la delegada territorial de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en Jaén, Irene Sabalete, mediante el que se notifica que la Junta ha sancionado con 2.001 euros a la persona que lanzó a una pava desde el campanario de la iglesia de Cazalilla (Jaén) el pasado 3 de febrero durante las fiestas de San Blas.

La Asociación Nacional para la Protección y el Bienestar de los Animales (Anpba) ha recibido escrito firmado por la delegada territorial de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en Jaén, Irene Sabalete, mediante el que se notifica que la Junta ha sancionado con 2.001 euros a la persona que lanzó a una pava desde el campanario de la iglesia de Cazalilla (Jaén) el pasado 3 de febrero durante las fiestas de San Blas.

Esta sanción se debe a la comisión de una infracción administrativa de la Ley 11/2003 de Protección Animal de Andalucía, en concreto del artículo 38, que tipifica como infracción administrativa muy grave "el uso de animales en fiestas o espectáculos en los que éstos puedan ser objeto de daños, sufrimientos, tratamientos antinaturales o malos tratos".

De esta forma, el ahora sancionado, "sujetando a la pava por las patas, la mostró por los ventanales del campanario, haciendo amago de lanzarla en diversas ocasiones, hasta que la lanzó finalmente hacia la gente congregada en la plaza". Esto supuso, según dictamen de la propia Junta de Andalucía, "someter a la pava a sufrimientos innecesarios y tratamientos antinaturales prohibidos".

Para la Anpba, que interpuso la denuncia administrativa, "la cuantía de la sanción es insuficiente y debería ser significativamente aumentada pues, año tras año, una pava es lanzada por un individuo u otro, y la ley de protección animal vulnerada", motivo por el que la asociación entiende que la cuantía de la sanción, al ser la mínima posible para las infracciones muy graves, "no logra imponer el carácter disuasorio que debería ser inherente a una sanción".

Por último, Anpba entiende que una sanción mayor, "que podría alcanzar los 30.000 euros según el artículo 41 de la Ley de Protección Animal, más temprano que tarde acabaría erradicando este espectáculo ilegal", motivo por el cuál la asociación instará a la Junta de Andalucía a incrementar la cuantía de la sanción mediante escrito de alegaciones que será presentado en tiempo y forma.

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