M.Junta declara viables las instalaciones y actividades recreativas existentes en la Ragua

La Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía ha declarado viables, a efectos ambientales, las instalaciones ya existentes en el Puerto de la Ragua y las actividades recreativas que tradicionalmente se celebran en este espacio natural, situado en el entorno del Parque Nacional de Sierra Nevada.
Puerto de la Ragua
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EUROPA PRESS
Puerto de la Ragua

La Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía ha declarado viables, a efectos ambientales, las instalaciones ya existentes en el Puerto de la Ragua y las actividades recreativas que tradicionalmente se celebran en este espacio natural, situado en el entorno del Parque Nacional de Sierra Nevada.

El asunto se refiere concretamente a la declaración de viabilidad, por parte de la Dirección General de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Junta, de la ejecución del proyecto 'Adecuación de la estación deportivo-recreativa del Puerto de la Ragua' en los términos municipales de Nevada y Ferreira (Granada) y Bayarcal (Almería), promovido por el Consorcio Estación Recreativa Puerto de la Ragua.

La actuación está supeditada "al cumplimiento de las especificaciones indicadas en el proyecto, en el Estudio de Impacto Ambiental y en el condicionado de la presente Declaración de Impacto Ambiental", según se detalla en la resolución de la Dirección General. Asimismo especifica que esta Declaración de Impacto Ambiental "no exime de las demás autorizaciones a las que hubiera lugar", según informa el Gobierno andaluz en una nota.

De esta manera, la Junta considera viables desde el punto de vista medioambiental las instalaciones existentes actualmente y las actividades recreativas que tradicionalmente se llevan a cabo en La Ragua.

Esta declaración está condicionada a medidas protectoras y correctoras, "sin perjuicio de la necesidad de otras autorizaciones de carácter ambiental exigibles", a que cualquier modificación del proyecto "deberá ser comunicada" y al cumplimiento de la normativa vigente en materia de turismo.

La resolución detalla una serie de limitaciones y condicionantes. Así, la actividad solo podrá llevarse a cabo dentro de los límites especificados en el proyecto y deberá contar con la señalización adecuada.

El estacionamiento deberá ser construido en distintas fases, una primera fase con un máximo de cien plazas hasta una capacidad límite de trescientas plazas. Esta actuación tiene también una serie de limitaciones y medidas de integración paisajísticas.

Se deberán instalar barreras, pasarelas, señalización y todos aquellos mecanismos que impidan el pisoteo del borreguil situado en las zonas próximas a las pistas de trineos. Asimismo, se deberá evitar el acarreo de sólidos en suspensión en las aguas que lo abastecen.

La declaración de viabilidad también señala una serie de condiciones relativas a los terrenos forestales, fauna y flora, a las vías pecuarias, monte público, prevención de incendios, contaminación lumínica, protección del dominio público hidráulico, residuos y patrimonio cultural. La resolución establece también un programa de vigilancia ambiental.

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