Satse recurre la sentencia del Supremo sobre "los nombramientos a dedo" de los directores de Unidades de Gestión Clínica

El Sindicato de Enfermería (Satse) de Andalucía manifiesta su satisfacción en relación a la sentencia en la que el Tribunal Supremo le otorga la razón en la impugnación planteada contra el artículo 10 del Decreto 75/2007 donde se regula el sistema de puestos directivos y cargos intermedios de los centros del Servicio Andaluz de Salud (SAS), siendo necesario a partir de ahora ser personal funcionario o estatutario fijo al Sistema Nacional de Salud, requisito que hasta el momento no era indispensable.

El Sindicato de Enfermería (Satse) de Andalucía manifiesta su satisfacción en relación a la sentencia en la que el Tribunal Supremo le otorga la razón en la impugnación planteada contra el artículo 10 del Decreto 75/2007 donde se regula el sistema de puestos directivos y cargos intermedios de los centros del Servicio Andaluz de Salud (SAS), siendo necesario a partir de ahora ser personal funcionario o estatutario fijo al Sistema Nacional de Salud, requisito que hasta el momento no era indispensable.

Por otra parte, Satse asevera en un comunicado que es "falso que la Junta de Andalucía afirme haber ganado la sentencia interpuesta en su momento por este sindicato donde se impugnaban varios artículos, como es el caso del artículo 10 cuyo contenido no reconocía que para la provisión de cargos intermedios hubiera que ser personal funcionario o estatutario fijo al SNS, y cuyo recurso el Tribunal Supremo ha dictado como favorable para Satse".

En cuanto al artículo 8.a del Decreto 75/2007 sobre la libre designación de los Directores de Unidades de Gestión Clínica, el Sindicato de Enfermería quiere aclarar que el Supremo "ha favorecido únicamente de manera parcial a la Administración Andaluza, ya que la sentencia determina que solo se le permite al SAS la libre designación de los directores de UGC en casos excepcionales". "Es decir, que únicamente puede hacer uso de este sistema en aquellos casos en los que los puestos tengan una importante función jerárquica, lo que el Sindicato de Enfermería asegura que no se hace como se establece", recalca.

Precisamente porque Satse considera que la excepcionalidad no está determinada y además el SAS no cumple con ella, "sino todo lo contrario, que se dedica a nombrar reiteradamente a dedo a sus afines como directores de Unidades de Gestión Clínica", ha interpuesto un recurso al Tribunal Constitucional.

El Sindicato de Enfermería no comparte la decisión del Supremo en relación a este punto de la sentencia y no entiende su cambio de criterio, que en reiteradas ocasiones había fallado a su favor basándose siempre en la Jurisprudencia que tiene el propio Tribunal Supremo establecido en contra del sistema de libre designación.

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