Condenado a 15 años y al pago de 88.000 euros a las hijas del varón al que atropelló en Linares-Baeza

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén ha condenado al varón acusado de asesinar a un hombre sexagenario tras atropellarlo en la pedanía jiennense de la Estación Linares-Baeza a 15 años de cárcel y al pago de un total de 88.000 euros a las tres hijas del fallecido en concepto de indemnización, tal y como refleja la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén ha condenado al varón acusado de asesinar a un hombre sexagenario tras atropellarlo en la pedanía jiennense de la Estación Linares-Baeza a 15 años de cárcel y al pago de un total de 88.000 euros a las tres hijas del fallecido en concepto de indemnización, tal y como refleja la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press.

El fallo recuerda que el tribunal del jurado, encargado de enjuiciar el caso, establece como hechos probados que la víctima denunció al condenado, M.C.M., a su padre y hermano por unas lesiones que, según denunciaba, le habían causado concertadamente.

Tras ello, sobre las 23,00 horas del 12 de abril de 2011 y dado que el fallecido seguía manteniendo su denuncia, el acusado, que con anterioridad había consumido lo que vulgarmente se conoce como "porros" y "valium", que le limitaban levemente sus capacidades cognitivas y volitivas, le atropelló.

A sabiendas de que la víctima estaba viendo un partido de fútbol, esperó el momento oportuno y, cuando ésta bajaba del acerado colocándose a escasos centímetros del mismo, sin llegar a adentrarse en la calzada, se abalanzó sobre el varón inesperadamente, a una velocidad "inusitada" de 61 kilómetros por hora con el vehículo que conducía, atropellándolo intencionadamente y causando su muerte casi de forma inmediata.

La Sección Tercera de la Audiencia "comparte el criterio del Jurado respecto a la calificación de los hechos como constitutivos de un delito de asesinato, al concurrir en la muerte de una persona un actuar calificable de sorpresivo y encuadrado en la circunstancia de alevosía". Concurre, no obstante, la atenuante de drogadicción.

Por último, recordar que la Fiscalía solicitaba 16 años de cárcel en su escrito de conclusiones finales, si bien la Sala ha decidido imponer una pena de 15 años de prisión atendiendo a "la edad del acusado, 22 años, y no tener antecedentes penales computables, haber pedido perdón a la familia de la victima en el juicio oral y el reconocimiento del atropello, así como la detención del vehículo tras el mismo".

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