Condenado a cuatro años y nueve meses de cárcel por falsificar letras de cambio por 80.900 euros

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a cuatro años y nueve meses de prisión a un hombre que falsificó dos letras de cambio por importe de 80.901 euros con la firma de una empresa con la que mantenía relaciones comerciales.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a cuatro años y nueve meses de prisión a un hombre que falsificó dos letras de cambio por importe de 80.901 euros con la firma de una empresa con la que mantenía relaciones comerciales.

La sala estima que el acusado, J.C.F., es autor de un delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso medial con un delito continuado de estafa agravada, por lo que, además de prisión, le condena a una multa de 1.890 euros así como a indemnizar al Banco Bilbao Vizcaya Argentaria en la cantidad de 80.901 euros, además del interés legal.

La Audiencia considera probado que, entre los meses de enero y junio de 2010, este hombre, con intención de obtener un beneficio ilícito, confeccionó una letra de cambio que vencía el 15 de mayo de 2010 por importe de 63.675 euros y otra que vencía el 20 de junio del mismo año por importe de 17.226 euros.

En ambos casos simuló la firma del representante legal de una empresa con la que mantenía relaciones comerciales, que hizo constar como deudor aceptante a sabiendas de que, en esa ocasión, no había tenido relaciones comerciales y no le adeudaba nada.

El acusado descontó ambas letras en el banco Bilbao Vizcaya Argentaria y cuando llegó el vencimiento, el BBVA pasó a cobrarlas a la empresa, que rechazó su abono ya que no las había emitido, resultando perjudicada la entidad financiera.

La sentencia explica que el imputado reconoció haber falsificado las dos letras de cambio así como que no contaba en con el consentimiento del representante legal de la empresa, si bien alegó que lo hizo porque tenía problemas de tesorería y lo único que pretendía era "salvar su empresa", obtener financiación para pagar nóminas, gasóil y otros gastos. Además afirmó que su intención era reintegrar posteriormente el importe de las letras, lo que no ha podido haber porque "lo ha perdido todo".

Los magistrados establecen que el hombre ha cometido un delito de falsedad en documento mercantil al falsificar la firma y simular la existencia de un negocio que no existía y de una persona que tampoco; y otro de estafa al engañar con letras de cambio falsas, ambos continuados.

Además, rechaza el argumento de la defensa del acusado, que invocó el "estado de necesidad" del mismo. Según los jueces, no se ha acreditado el estadio de necesidad actual o inminente del acusado, ni se ha justificado la imposibilidad de resolver la situación de necesidad por otros medios. "Las dificultades económicas alegadas no pueden constituir estado de necesidad pues no se han acreditado en absoluto y, en todo caso, no se ha probado una situación extrema", señalan.

Con todo, le aplican la pena mínima para estafa agravada continuada, cuatro años, nueve meses y un día de prisión, y una multa de 1.890 euros por encontrarse en situación de desempleo.

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