El Consejo de Gobierno de la Junta ha aprobado el calendario de fiestas laborales en Andalucía para el año 2013. De acuerdo con las facultades que tiene atribuidas la comunidad autónoma, se mantienen como fiestas de ámbito autonómico el 7 de enero, por traslado del 6 de enero, domingo; el 28 de febrero, Día de Andalucía, y el 28 de marzo, Jueves Santo.
De este modo, la relación de fiestas laborales queda como sigue: 1 de enero, martes; 7 de enero, lunes; 28 de febrero, jueves; 28 de marzo, jueves; 29 de marzo, viernes; 1 de mayo, miércoles; 15 de agosto, jueves; 12 de octubre, sábado; 1 de noviembre, viernes; 6 de diciembre, viernes; 9 de diciembre, lunes; y 25 de diciembre, miércoles.
A estas doce fiestas laborales se añaden las dos de carácter local que cada municipio debe proponer a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo. Todas ellas tienen carácter retribuido y no recuperable.
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