La comisión de investigación sobre los ERE se constituirá el miércoles, con tres miembros y un suplente por cada grupo

La comisión de investigación sobre las irregularidades en expedientes de regulación de empleo (ERE), cuya creación ha sido aprobada este jueves por el Pleno del Parlamento por unanimidad, se constituirá el próximo miércoles día 20, a las 10,30 horas, y estará conformada por tres miembros y un suplente por cada grupo.

La comisión de investigación sobre las irregularidades en expedientes de regulación de empleo (ERE), cuya creación ha sido aprobada este jueves por el Pleno del Parlamento por unanimidad, se constituirá el próximo miércoles día 20, a las 10,30 horas, y estará conformada por tres miembros y un suplente por cada grupo.

El presidente será elegido ese mismo miércoles bien por unanimidad si hay acuerdo entre todos los grupos sobre un nombre bien por mayoría si no se alcanza un consenso. La Mesa de la comisión la conformará, por tanto, únicamente el presidente de la misma y un letrado de la Cámara.

Al tener cada grupo el mismo número de miembros, las votaciones se producirán mediante voto ponderado.

Los grupos parlamentarios tienen de plazo hasta este lunes, a las 14,00 horas, para presentar sus propuestas de integrantes de la comisión de investigación, según ha informado a los periodistas el presidente del Parlamento, Manuel Gracia, al término de una reunión de la Junta de Portavoces para abordar este asunto.

Las sesiones de la comisión de investigación, como las comparecencias, serán a puerta abierta. Una vez que la comisión quede constituida, los grupos decidirán sobre el comienzo de los trabajos, el método, los comparecientes y los plazos para aprobar las conclusiones. Gracia ha explicado que no hay ningún plazo para el desarrollo de los trabajos y que si la comisión decidiera trabajar en julio deberá pedir que se habilite este mes, que es inhábil por vacaciones parlamentarias.

Los grupos han aprobado por unanimidad una resolución de la Presidencia del Parlamento sobre la organización y funcionamiento sobre las comisiones de investigación, en la que se recoge que los requerimientos para comparecer se realizarán mediante citación de la Presidencia de la Cámara y con "apercibimiento de que si no comparece incurrirá en el delito de desobediencia previsto 502.1 del Código Penal".

Asimismo, se señala que el requerido podrá comparecer acompañado por la persona que designe para asistirle que no tendrá derecho de voz en la comparecencia. Antes de que declare en la comisión, el presidente advertirá al compareciente de lo establecido en el artículo 502.3 del Código Penal para el que convocado ante una comisión parlamentaria de investigación faltare a la verdad en su testimonio, podría incurrir en delito penal.

El requerido, según la resolución de la Cámara, tendrá derecho a no declarar contra sí mismo, a no confesarse responsable de ilícito penal o administrativo, al secreto profesional y a la cláusula de conciencia en los términos previstos en la legislación vigente.

Si durante la celebración de la comparecencia, el compareciente entendiese que se está vulnerando cualquiera de sus derechos constitucional, podrá solicitar la intervención de la Mesa de la comisión para su garantía, con expresa indicación del derecho que considera vulnerado y de la causa de la presunta vulneración, resolviendo la Mesa al respecto.

De las incomparecencias o presuntos falsos testimonios que pudieran ponerse de manifiesto en el dictamen de la comisión de investigación, la Mesa del Parlamento, a través de su presidente, dará traslado al Ministerio Fiscal para el ejercicio de acciones cuando proceda.

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