Medio Ambiente delimita 6 zonas de protección en las que se autoriza el uso de cadáveres de ganado para aves necrófagas

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente ha delimitado las zonas de protección para la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario, en las que se podrá autorizar el uso de cadáveres de ganado, con excepción del vacuno, para alimentar a las aves carroñeras, una práctica prohibida desde la crisis de las vacas locas, según ha informado esta mañana el portavoz del Ejecutivo regional, Emilio del Río.
Buitres Leonados
Buitres Leonados
EUROPA PRESS/DIRKOM
Buitres Leonados

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente ha delimitado las zonas de protección para la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario, en las que se podrá autorizar el uso de cadáveres de ganado, con excepción del vacuno, para alimentar a las aves carroñeras, una práctica prohibida desde la crisis de las vacas locas, según ha informado esta mañana el portavoz del Ejecutivo regional, Emilio del Río.

El Boletín Oficial de La Rioja publica hoy la resolución por la que se establecen las seis nuevas zonas de protección para la alimentación de necrófagas en la región, con una superficie de 214.878 hectáreas. Estas zonas deben ubicarse en espacios protegidos de la Red Natura 2000, en las áreas contempladas en los planes de recuperación de especies carroñeras amenazadas y en todas aquellas zonas importantes para la alimentación de especies necrófagas donde exista ganadería extensiva.

En primer lugar se establecen los municipios incluidos en los cinco espacios riojanos de la Red Natura 2000, cuya superficie se corresponda con zonas de montaña y que tengan una importante cabaña ganadera de ovino, caprino y equino en régimen extensivo. Es decir, municipios que se encuentren en los siguientes espacios: Sierras de La Demanda Urbión, Cebollera y Cameros; Sierra de Alcarama y Valle del Alhama; Obarenes, Sierra de Cantabria; Peñas del Iregua, Leza y Jubera; y Peñas de Arnedillo, Peñalmonte y Peña Isasa. También se han designado otros municipios de montaña de la cuenca del Leza (Hornillos, Jalón, San Román, Terroba y Torre en Cameros), que son utilizados por las aves carroñeras como zona de campeo y prospección alimentaria.

Para tratar de mejorar el estado de conservación de las aves necrófagas españolas, que representan más de la mitad de la población europea, el Gobierno central aprobó a finales de 2011 un Real Decreto (RD 1632/2011) que flexibilizaba la prohibición a los ganaderos de abandonar los cadáveres de los animales en el campo y abre la posibilidad de utilizarlos para alimentar a especies necrófagas en estas zonas de protección. La designación de estos nuevos espacios autorizados, al margen de los comederos o muladares hasta ahora autorizados, es competencia de las comunidades autónomas.

Ganado vacuno y otras excepciones

En todas estas zonas, los titulares de explotaciones ganaderas en extensivo de ovino, caprino y equino podrán solicitar a la Consejería la autorización para dejar los cadáveres en el campo para alimentar a estas especies necrófagas. En ningún caso la posibilidad de utilizar los cadáveres será aplicable al ganado vacuno, por las necesidades de control derivadas del Programa Integral Coordinado de Vigilancia y Control de las Encefalopatías Espongiformes Transmisibles de los animales (EET), que obliga a la toma de muestras de los cadáveres en diversos supuestos de edad y origen.

En el caso del ganado ovino, caprino y equino existen también una serie de supuestos en los que no se podrán abandonar los cadáveres. Así, deberán ser retirados o evacuados por los gestores autorizados por la Dirección General de Agricultura y Ganadería los animales que mueran en las propias instalaciones de la explotación (naves, corrales, establos); a menos de 300 metros de un núcleo de población; a menos de 200 metros de la ubicación principal de cualquier explotación ganadera; en zonas claramente agrícolas; en carreteras, líneas eléctricas, parques eólicos o sus proximidades, y cuando puedan ser contaminados cursos de agua superficiales o subterráneas.

La aparición a finales de los años noventa de las Encefalopatías Espongiformes Transmisibles (EET), supuso un profundo cambio en la gestión de los cadáveres procedentes de las explotaciones ganaderas al provocar el cierre de comederos e impedir el abandono tradicional del ganado que muere en el campo. Con ello, la fauna carroñera se vieron privadas de uno de sus recursos alimenticios más importantes.

Durante este tiempo, el Gobierno regional habilitó cuatro muladares para paliar la escasez de alimento de las principales especies necrófagas con poblaciones importantes en La Rioja: buitre leonado, alimoche, águila real, milano negro y milano real. Se calcula que el aporte a los muladares y los cadáveres de ungulados silvestres, que en la actualidad son los únicos recursos alimenticios de especies como el buitre leonado, tan sólo cubren alrededor del 35 por ciento de sus necesidades reales.

Esto ha provocado un declive significativo de las poblaciones de aves necrófagas y una modificación de sus hábitos alimentarios, dado que se han acercado cada vez más a los núcleos de población en busca de alimento, a vertederos, al tiempo que se han incrementado las quejas de ganaderos por ataques a ganado enfermo o débil.

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