Condenan a 15 meses a los responsables de una obra de Albacete en la que falleció un trabajador

El juzgado de lo Penal número 1 bis de Albacete ha condenado a I.G.C., L.Z.R., A.D.V.M.y R.N.D.L. a 15 meses de prisión para cada uno e inhabilitación especial para el ejercicio de sus funciones directivas específicas por el mismo tiempo, al considerarles autores de un delito de homicidio por imprudencia grave tras la muerte de un trabajador después de caer por el hueco del ascensor en una obra de la que eran responsables. No obstante, el Tribunal los absuelve de la falta de muerte por imprudencia grave.

El juzgado de lo Penal número 1 bis de Albacete ha condenado a I.G.C., L.Z.R., A.D.V.M.y R.N.D.L. a 15 meses de prisión para cada uno e inhabilitación especial para el ejercicio de sus funciones directivas específicas por el mismo tiempo, al considerarles autores de un delito de homicidio por imprudencia grave tras la muerte de un trabajador después de caer por el hueco del ascensor en una obra de la que eran responsables. No obstante, el Tribunal los absuelve de la falta de muerte por imprudencia grave.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se considera como hechos probados que, en el año 2006, una empresa mercantil promovía en la calle Magallanes, de la capital albaceteña, un edificio de cinco viviendas, con sus garajes y trasteros.

Una obra de la que era coordinador de seguridad I.G.C., de la que el contratista principal era L.Z.R., de la que A.D.V.M.era encargado de seguridad y de la que R.N.D.L. era el encargado, todos ellos mayores de edad y sin antecedentes penales.

La seguridad de la obra se realizaba acorde con lo descrito en el Plan de Seguridad elaborado por el contratista y aprobado por el coordinador de seguridad de la obra y, añade el escrito, en ese plan no se contemplaba un procedimiento de trabajo concreto sobre la utilización del maquinillo, aunque se colocaba frecuentemente en el hueco del ascensor en la planta baja, que estaba cubierto con unos tablones que "no constituyen un sistema de protección seguro", a pesar de que se usaba para subir y bajar material, hecho que "era conocido y consentido por todos los acusados".

Así pues, sobre las 8,25 horas del 19 de diciembre de 2006, uno de los acusados, R.N.D.L., acompañado del trabajador J.R.L., procedían a la sustitución de uno de los tablones que protegían dicho hueco, que se había deteriorado, pero el hueco no estaba protegido por barandillas, como preveía la evaluación de riesgos, y no había ningún medio de protección colectiva, como redes de seguridad, ni individual, como arnés o cinturón.

En un momento determinado, cuando J.R.L.estaba sustituyendo el tablón deteriorado, al pisar sobre los mismos, alguna tabla se movió y se precipitó a la planta sótano, una caída que le produjo lesiones graves por las que finalmente falleció el 20 de enero de 2007, con 63 años, casado y con una hija.

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