Multa al padre y al abuelo de un menor por una falta de maltrato de obra

La sección primera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado al pago de una multa de 200 euros al padre y al abuelo de un menor como autores de una falta de maltrato de obra. Además el primero ha sido condenado a seis días de arresto domiciliario por una falta de vejaciones leves.

La sección primera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado al pago de una multa de 200 euros al padre y al abuelo de un menor como autores de una falta de maltrato de obra. Además el primero ha sido condenado a seis días de arresto domiciliario por una falta de vejaciones leves.

Según recoge un auto de aclaración a la sentencia de apelación dictada el pasado 10 de mayo, los padres del menor están divorciados desde noviembre de 2008.

Con fecha 10 de noviembre de 2010 se presentó, por la madre del niño, una demanda de modificación de medidas, en la que ésta señalaba que su hijo se muestra nervioso, ansioso y asustado cada vez que tiene que producirse una entrega derivada del derecho de visitas que su padre ejerce.

También adujo que su hijo llegó a referirla que el día 24 de septiembre de 2010, tanto su padre como el progenitor de éste, es decir, su abuelo, persona designada para que efectuara las entregas y recogidas del menor en el punto de encuentro de Santander, le habían pegado en repetidas ocasiones "en la cabeza y en el culo sin ninguna razón".

La sentencia añade que ha quedado acreditado que el menor está siendo objeto de un abandono emocional por parte de su padre y la familia de éste, lo que se traduce en un maltrato psicológico del niño.

Debido a esta situación, el menor está diagnosticado de trastorno adaptativo con sintomatología ansioso depresiva, con episodios de agitación, irritabilidad y negación cuando tiene que ir con su padre, siendo estos períodos muy estresantes para él y originando síntomas desadaptativos, tanto depresivos como por elevada ansiedad que afectan a su actividad habitual, escolar y social.

Por ello, el tribunal condena al padre y al abuelo del niño, como autores penalmente responsables de una falta de maltrato de obra, a la pena de veinte días de multa con una cuota diaria de 10 euros (200 euros), con una responsabilidad personal subsidiaria en todos los casos de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas.

Además la sentencia condena al padre del menor, como autor de una falta de vejaciones leves, a la pena de seis días de arresto domiciliario, así como al pago de las costas procesales, mientras que absuelve de dicha falta al abuelo del niño.

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