El Juzgado de lo Penal número 1 de Albacete ha condenado a E.P.R. a un año y 11 meses de prisión por un delito de agresión sexual contra su expareja pese a constar sobre él una orden de alejamiento, además de por un delito de quebrantamiento de condena y de lesiones en el ámbito familiar.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, considera probado que el 17 de noviembre de 2011, el acusado, mayor de edad y con antecedentes penales, se instaló en el domicilio de su expareja, L.M.A., a pesar de conocer la prohibición de aproximarse a ella a menos de 500 metros o de comunicarse con ella establecida como medida cautelar anterior.
Posteriormente, sobre las 8.00 horas del día 20 de noviembre de 2011, cuando el acusado estaba en el domicilio citado, se dirigió a la cama de su expareja y la empezó a golpear en la cara y cabeza mientras le acusaba de estar drogada y de haber tenido relaciones sexuales con otros hombres.
A continuación, el acusado se desnudó y se tumbó sobre su expareja, con ánimo libidinoso, pese a la resistencia de ésta.
Como consecuencia de estos hechos L.M.A. sufrió hematomas múltiples que requirieron para su curación una primera asistencia facultativa y que tardaron en curar 30 días, 10 de los cuales fueron impeditivos, y le ha quedado como secuela un trastorno por estrés agudo.
Además, se ha condenado al acusado a no acercarse a L.M.A. o comunicarse con ella durante tres años y a 80 días de trabajos en beneficios de la comunidad por estos delitos.
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