El Tribunal Supremo ha desestimado un recurso de Sniace contra una sentencia en la que se le imponía una multa de 300.506 euros, por la realización de vertidos al río Saja, ya en Santillana del Mar, sin la correspondiente autorización.
A ello le condenaba ya previamente una sentencia de la Audiencia Nacional por unos hechos sucedidos en julio de 2006, contra la que Sniace presentó recurso, que ahora es rechazado por el Supremo.
Sniace rechazaba que hubiera intencionalidad en el vertido, recordando su "buena fe" por las medidas correctoras que lleva introduciendo y por la petición de autorización.
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