UPYD presenta ocho alegaciones al presupuesto municipal de 2012

Los concejales del Grupo Municipal de Unión, Progreso y Democracia en el Ayuntamiento de Santoña, María Fernanda Linares y Estanislao Ruiz, han presentado ocho alegaciones al presupuesto municipal de 2012 aprobado inicialmente en el pleno.

Los concejales del Grupo Municipal de Unión, Progreso y Democracia en el Ayuntamiento de Santoña, María Fernanda Linares y Estanislao Ruiz, han presentado ocho alegaciones al presupuesto municipal de 2012 aprobado inicialmente en el pleno.

En primer lugar, para UPyD la imagen que reflejan los presupuestos para 2012, aprobados por el Partido Popular y sus socios de gobierno, Partido Regionalista de Cantabria y Falange Española, "resultan ajenos al actual escenario de crisis económica y están alejados de las verdaderas necesidades de Santoña".

"Estas cuentas don poco realistas, por cuanto su encuadre se hace depender de una estimación de Ingresos a obtener por la enajenación de patrimonio de este Ayuntamiento, que, observada la actual situación económica, resultan demasiado optimista, y por la elevación de la carga impositiva con la subida del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)", comentaron.

Además, criticaron que "no ofrecen la posibilidad de generar tejido y estructura económica y social de la mano de la ciudadanía y no tienen en cuenta las necesidades reales de los barrios", junto a la "nula participación ciudadana" en su elaboración.

Igualmente, "se echa en falta un plan coherente respecto de la deuda contraída por este Ayuntamiento, sobre cómo amortizar los 6 millones de euros que nos decía meses atrás el Ministerio de Economía debiera tener un mejor reflejo en estas cuentas".

En segundo lugar, UPyD considera que la aprobación dada al proyecto de presupuesto presentado por el actual equipo de Gobierno contraviene el Ordenamiento Jurídico y, por ello, legitima la presentación de reclamaciones al efecto en atención al contenido del Artículo170.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en cualquiera de las tres letras a las que se refiere este precepto.

En tercer lugar, UPyD alega que no se ha presentado ante el pleno municipal el proyecto de presupuestos para 2012 con anterioridad a 15 de octubre de 2011 y ni siquiera se aprobaron definitivamente las cuentas antes del 31 de diciembre de 2011, por lo que la aprobación realizada este pasado mes de marzo de 2012 contraviene el contenido mismo del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Desde UPyD Santoña, en cuarto lugar, se considera que, de acuerdo con lo expuesto en el informe realizado por la Intervención Municipal, el presente texto adolece de vicios que lo invalidan según el Artículo 170.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Así llama la atención en relación al Capítulo I, dedicado a gastos de personal, que no se dé cumplimiento al contenido del Artículo 7 del Real Decreto 861/1986, de 25 de abril, pues el reparto que recoge dicho precepto actualmente no se cumple, por no destacar la actual situación de la inmensa mayoría del personal laboral, considerado indefinido por el Pleno en diversos acuerdos, se encuentre en situación irregular, pendiente de los correspondientes procesos de consolidación de empleo que podrán gravar la economía municipal.

En quinto lugar y en relación al Capítulo II, gastos en bienes corrientes y servicios, tampoco este presupuesto se adecua a lo que dicho documento presupuestario legalmente debiera reflejar, pues, atendiendo al contenido del Artículo 170.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, resulta manifiesta la insuficiencia de los ingresos con relación a los gastos presupuestados o bien de estos respecto a las necesidades para las que están previstos.

En sexto lugar, María Fernanda Linares y Estanislao Ruiz advierten que el presupuesto en relación a lo que es el Capítulo IV, transferencias corrientes, mantiene el otorgamiento directo como criterio general, incluso con consignaciones nominativas en el propio documento presupuestario, en oposición a la Ley general de Subvenciones, Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, que establece la concurrencia competitiva como procedimiento ordinario de otorgamiento, reparo expuesto por la intervención municipal.

Igualmente, el Capítulo VI "no se ajusta a la legalidad" cuando, como advierte la Intervención Municipal, y no cumple con la Ley del Suelo de Cantabria 2/2001, pues no se respeta el contenido de su Artículo 231 que establece que los municipios de más de 5.000 habitantes consignarán en sus presupuestos una cantidad equivalente, al menos, al 10 por ciento del total consignado en los Capítulos l y II de ingresos, con destino al patrimonio municipal del suelo.

Para finalizar, remarcan que "no resulta de recibo" aprobar un documento económico que no recoge la totalidad de la documentación que la legislación determina pues, como intervención municipal advierte, respecto de la sociedad municipal SUINSA, S.L., no se ha presentado documentación alguna, no constando ni presupuestos ni justificación de su ausencia, y sin que su actual proceso de liquidación justifique este proceder.

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