Foro enmienda la Reforma Laboral para que "favorezca el mantenimiento del empleo y facilite el empleo juvenil"

El diputado de Foro en el Congreso, Enrique Álvarez Sostres, ha presentado trece enmiendas de adición, modificación y supresión al Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, en las que solicita cambios que favorezcan el mantenimiento del empleo y faciliten el empleo juvenil.
Enrique Alvarez Sostres, Diputado De FAC
Enrique Alvarez Sostres, Diputado De FAC
CONGRESO
Enrique Alvarez Sostres, Diputado De FAC

El diputado de Foro en el Congreso, Enrique Álvarez Sostres, ha presentado trece enmiendas de adición, modificación y supresión al Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, en las que solicita cambios que favorezcan el mantenimiento del empleo y faciliten el empleo juvenil.

Entre otros cambios, pide que los trimestres de disminución de beneficios que justifican el despido objetivo pasen de tres a cuatro, que se suavicen y modifiquen al alza los porcentajes de faltas de asistencia al trabajo que justifican la extinción del contrato y que se siga permitiendo acumular las horas de lactancia en caso de baja por maternidad, en días completos.

En concreto, según informó el partido, la primera enmienda modifica el período de prueba de los nuevos contratos para emprendedores, que Foro propone sea de un máximo de 6 meses "para que no haya discusión judicial sobre su ilegalidad". En este sentido, indica que el nuevo texto prolonga el período de prueba a un año, lo que "podría ser contrario a la Ley e incluso inconstitucional", ya que "esos 6 meses añadidos suponen de facto un período de despido libre para el empleador".

La segunda enmienda se presenta con la intención de favorecer el mantenimiento del empleo. Para ello se propone un incentivo a la contratación indefinida que estable bonificaciones fiscales durante 3 años, incrementándose anualmente de 1.000 euros el primer año, a 1.500 el segundo y a 2.000 el tercero. El no mantenimiento del empleo conllevará la devolución del beneficio fiscal recibido por la empresa.

Más incentivos

La tercera quiere hacer frente a la "elevadísima tasa de desempleo juvenil", que ronda el 50 por ciento. Así, y dado que se precisa incentivar con carácter prioritario la contratación de este colectivo, la formación propone incrementar los incentivos fiscales que perciben las empresas para la contratación de jóvenes entre 16 y 30 años a 1.500 euros el primer año, 1.750 euros el segundo y 2.000 el tercero.

La cuarta enmienda surge de la, en su opinión, necesidad de ampliar el contrato para emprendedores a todos los colectivos de desempleados, independientemente del tiempo que estuvieran inscritos en la Oficina de Empleo y que perciban o no una prestación contributiva, en lo que se refiere a que la empresa sea perceptora de la bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social.

La quinta enmienda dotaría a las empresas de mayor flexibilidad en la toma de decisiones y limitaría la posibilidad de que las partes no lleguen a un acuerdo como estrategia para mantener derechos del convenio denunciado. Por ello, sustituye el texto "Transcurridos dos años" por "Transcurrido un año" desde la denuncia del convenio colectivo sin que se haya acordado un nuevo convenio o dictado un laudo arbitral [*] se aplicará el convenio colectivo de ámbito superior.

Para Foro, el Artículo 17 del RDL 3/2012 evita el encadenamiento de contratos en 30 meses y anula los efectos de la conocida 'Ley Caldera'. Así, en la sexta enmienda se añade el texto "hasta que el desempleo alcance una cifra del 15%" por la necesidad de dejar para la suspensión un plazo 'sine die', en aras a permitir una mayor flexibilidad de contratación para las empresas.

Jubilación obligatoria

La enmienda número 7 responde a que "la profunda reforma del mercado laboral operada por el Real Decreto y a los difíciles momentos que está atravesando el sector público, haría aconsejable la introducción de la jubilación obligatoria de aquellos trabajadores que pudiendo acceder al 100% de su base reguladora continúan trabajando y percibiendo sueldos superiores a esa cantidad".

La número 8, relativa al despido por causas económicas, señala que se entenderá que la disminución de ingresos es persistente si se produce durante cuatro trimestres consecutivos, añadiendo así un trimestre con el fin de poder reflejar un ciclo anual que en muchos sectores productivos es estacional y/o discontinuo.

La novena enmienda propone "suavizar y modificar al alza" los porcentajes de faltas de asistencia al trabajo que justifican la extinción del contrato del trabajo, pasando del 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos o el 25% en cuatro meses discontinuos en un período de doce meses, que establece el RDL, al 25% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 30% en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.

En la décima enmienda se propone que, ante la extinción del contrato de trabajo, cuando el despido sea declarado improcedente, el empresario, en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, pueda optar entre la readmisión del trabajador o el abono de una indemnización equivalente a treinta y tres días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de treinta mensualidades, en lugar de las 24 mensualidades que figuran como máximo en el Real Decreto Ley.

Salarios de tramitación

La undécima enmienda de FORO se refiere a los salarios de tramitación. El partido considera razonable volver a introducir en la norma el abono de los salarios de tramitación en todos los supuestos, dado que "su eliminación no sólo afecta a empresarios y trabajadores sino también al Estado, que debe abonar los salarios de tramitación cuando el procedimiento excede el plazo de 60 días hábiles desde la presentación de la demanda".

La enmienda doce propone la incorporación de una nueva Disposición Transitoria, que persigue establecer una moratoria para la entrada en vigor de las nuevas medidas indemnizatorias "hasta que el crecimiento del PIB nacional no supere el 2% anual".

Por último, Foro propone cambios en materia de conciliación de la vida laboral y familiar. En concreto, solicita añadir medidas que favorezcan la conciliación volviendo a la legislación anterior a la reforma, por ejemplo, acumulando las horas de lactancia en caso de baja por maternidad, en días completos hasta un permiso de un máximo de 15 días y pudiendo repartirse este permiso entre ambos progenitores en caso de que ambos trabajen.

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