El plazo para presentar la declaración de la renta comienza el 3 de mayo

  • El plazo vence el próximo 2 de julio.
  • No tienen que declarar los que hayan percibido 22.000 euros anuales de un solo pagador.
  • Desde el 10 de abril hasta el 2 de julio se podrá solicitar el borrador aquí.
Imagen de una sede de Hacienda.
Imagen de una sede de Hacienda.
Fernando Alvarado / EFE
Imagen de una sede de Hacienda.

Los contribuyentes deberán presentar sus declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto sobre el Patrimonio, correspondientes al ejercicio 2011, entre el 3 de mayo y el 2 de julio, según publica este sábado el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El BOE destaca que no tienen que declarar los contribuyentes que hayan obtenido el pasado ejercicio rendimientos íntegros del trabajo con el límite general de 22.000 euros anuales cuando procedan de un solo pagador.

Este límite también se aplicará cuando se trate de contribuyentes que perciban rendimientos procedentes de más de un pagador y concurra que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales.

Tampoco deben presentarla los contribuyentes con rendimientos íntegros del trabajo con el límite de 11.200 euros anuales cuando procedan de más de un pagador, siempre que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales o se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos diferentes de las percibidas de los padres.

Los que si declararán

Sí están obligados a declarar los contribuyentes que tengan derecho a deducción por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional o que realicen aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad o planes de pensiones.

Asimismo, el BOE informa de que pueden obtener el borrador de declaración del IRPF los contribuyentes con rentas procedentes exclusivamente de rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o a ingreso a cuenta, así como los derivados de Letras del Tesoro, imputación de rentas inmobiliarias (si proceden, como máximo, de dos inmuebles) y ganancias patrimoniales con retención o ingreso a cuenta, así como las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.

El borrador se puede pedir en la web de la Agencia Tributaria desde el 10 de abril hasta el 2 de julio.

La Agencia Tributaria también remitirá por correo ordinario a partir del 3 de mayo de 2012 el borrador a los contribuyentes que no lo hayan obtenido por esta vía y lo hubieran solicitado en la declaración del ejercicio 2010.

En cuanto al Impuesto sobre el Patrimonio, estarán obligados a presentar declaración los sujetos pasivos cuyos bienes o derechos tengan un valor superior a dos millones de euros.

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