La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA ha desestimado el recurso presentado por una estudiante universitaria por discrepancias con la Universidad de Oviedo ante el cambio de planes universitarios con la entrada en vigor del Plan Bolonia.
La sentencia confirma el auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 de Oviedo, de fecha 12 de septiembre de 2011, e impone a la apelante el pago de las costas.
El magistrado José Ignacio Pérez Villamil suscribe que la apelante "se mueve en términos meramente hipotéticos pues, por un lado resulta poco verosímil el que en las actuales circunstancias del mercado laboral, una empresa se encuentre a la espera de que terminase sus estudios conforme al Plan 2001 para contratarla y, en segundo lugar, no existe base alguna para considerar que de haber seguido el Plan Antiguo hubiera ido superando curso a curso los años de Diplomatura pues ya el primer año no completó las asignaturas del primer curso".
De este modo, entiende que pedir una compensación económica por los dos años de más que había tenido que invertir en acabar la carrera por la entrada del Plan Bolonia "se mueve en términos no probados o efectivos sino en bases hipotéticas incompatibles con entender producido un perjuicio indemnizable".
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