Anulan pena de cárcel para un hombre que se encontró con su exmujer de forma "casual"

La Audiencia de Cantabria ha revocado una sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 de Santander que condenaba a un hombre a 7 meses de cárcel por incumplir la prohibición de acercamiento a su exmujer ya que considera que el encuentro entre ambos no fue "consciente" ni "deliberado", sino "casual".

La Audiencia de Cantabria ha revocado una sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 de Santander que condenaba a un hombre a 7 meses de cárcel por incumplir la prohibición de acercamiento a su exmujer ya que considera que el encuentro entre ambos no fue "consciente" ni "deliberado", sino "casual".

De este modo, la Audiencia ha admitido el recurso presentado por el acusado, C.N.H., que había sido condenado en abril del año pasado, según recuerda el fallo de la Audiencia, recogido por Europa Press.

Los hechos ocurrieron dos años antes, en junio de 2009, cuando el hombre estacionó su vehículo en la calle Vargas de Santander, frente al lugar donde trabajaba su exmujer, sobre la que tenía —desde noviembre de 2008— una orden de alejamiento

Tras estacionar el coche, miró hacia el interior del establecimiento y vio a su exmujer, incumpliendo así la prohibición de acercamiento. Por ello, fue condenado a siete meses de cárcel por un delito de quebrantamiento de medida cautelar.

Sin embargo, la Audiencia no considera probado que el hombre incumpliera dicha prohibición, ya que el encuentro "fue casual y no consciente y deliberado".

Y es que la empresa en la que trabajaba la mujer tenía varios centros, en Maliaño y en dos calles de Santander, por lo que rotaba de unos a otros.

La sentencia de la Audiencia también reconoce que un hermano del acusado estuvo previamente en uno de esos centros, pero aclara que no fue para interesarse por los turnos de la mujer, sino para recordarle que le tenía que abonar unas facturas que ella le debía.

En cualquier caso, la Audiencia señala que no puede concluirse que el acusado sabía en qué local trabajaba la víctima. Añade al respecto que teniendo en cuenta que la calle Vargas es una vía "estrecha" con una "continuada y acentuada circulación", "no es descartable" que pasara por allí y "de forma momentánea" tuviera que parar por el tráfico y que en dicha parada observara a su exmujer que, al ver el coche del hombre, activó el dispositivo de teleasistencia móvil porque "se puso muy nerviosa".

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