RTVA recurrirá la resolución que cuestiona su "imparcialidad" al informar sobre concentraciones ante sedes del PP-A

La dirección de la RTVA recurrirá la resolución de la Junta Electoral de Andalucía (JEA) que estima parcialmente una queja planteada por el PP-A por el tratamiento de las informaciones relativas a las protestas de estudiantes en Valencia y la actuación policial en ellas en los programas informativos de Canal Sur Televisión 'Buenos Días Andalucía' y 'Noticias 1' del pasado 21 de febrero por entender que no ha atendido el "especial deber neutralidad informativa" en los medios públicos en periodo electoral.

La dirección de la RTVA recurrirá la resolución de la Junta Electoral de Andalucía (JEA) que estima parcialmente una queja planteada por el PP-A por el tratamiento de las informaciones relativas a las protestas de estudiantes en Valencia y la actuación policial en ellas en los programas informativos de Canal Sur Televisión 'Buenos Días Andalucía' y 'Noticias 1' del pasado 21 de febrero por entender que no ha atendido el "especial deber neutralidad informativa" en los medios públicos en periodo electoral.

En un comunicado remitido a Europa Press, la dirección de la RTVA asegura que "acata" la resolución de la JEA, "que no significa que se haya abierto un expediente sancionador", y anuncia un recurso ante la JEC al no compartir que, "en contra de la doctrina seguida hasta ahora, se valore una frase concreta y no una secuencia informativa".

El PP-A había denunciado a Canal Sur Televisión ante la JEA por haber actuado como "altavoz" de una concentración "no autorizada" ante las puertas de la sede regional del PP-A en la calle San Fernando de Sevilla, convocada "de forma anónima" en apoyo a los jóvenes estudiantes de Valencia y contra la "violencia policial", al realizar referencias a ella en sus programas informativos 'Buenos Días Andalucía' y 'Noticias 1', "incluso dando dirección y hora de la convocatoria".

En una resolución dictada este miércoles, a la que ha tenido acceso Europa Press, la JEA asegura que "la RTVA, al utilizar en la información general emitida el 21 de febrero la expresión 'en Sevilla a las 8 de la noche habrá una concentración en la sede del PP en la calle San Fernando', no satisface el especial deber de neutralidad informativa establecido en el artículo 66.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) para medios de comunicación de titularidad pública en periodo electoral, lo que determina la estimación parcial del recurso del PP".

La resolución desestima las "objeciones de inadmisibilidad" formuladas por los servicios jurídicos del ente público por entender que "las informaciones a las que refiere el presente recurso tiene una repercusión política que afecta a los contenidos que en periodo electoral son susceptibles de ser controlados por la JEA".

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