(Ampl) La Fiscalía sostiene que el despido de Díaz de Villegas ha sido una "represalia" que vulnera la Constitución

La Fiscalía sostiene que la decisión de despedir al exsecretario general de CEOE-Cepyme, Yves Díaz de Villegas, ha sido una "represalia" como consecuencia de haber puesto en conocimiento del entonces presidente, Miguel Mirones, ciertas irregularidades; una represalia, ha subrayado, que puede vulnerar la Constitución. Esta es su principal conclusión, junto con que Díaz de Villegas tenía con la patronal un contrato laboral indefinido y no de alta dirección.
Díaz De Villegas Espera Al Inicio Del Juicio
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EUROPA PRESS
Díaz De Villegas Espera Al Inicio Del Juicio

La Fiscalía sostiene que la decisión de despedir al exsecretario general de CEOE-Cepyme, Yves Díaz de Villegas, ha sido una "represalia" como consecuencia de haber puesto en conocimiento del entonces presidente, Miguel Mirones, ciertas irregularidades; una represalia, ha subrayado, que puede vulnerar la Constitución. Esta es su principal conclusión, junto con que Díaz de Villegas tenía con la patronal un contrato laboral indefinido y no de alta dirección.

De esta forma, el Ministerio Fiscal ha dado la razón a la defensa del exsecretario de CEOE durante el juicio que se ha celebrado este lunes en el Juzgado de lo Social Número 1 de Santander, que se ha prolongado durante casi dos horas y media, y que ha quedado visto para sentencia.

En el mismo, la defensa, que ha contado con cuatro testigos, ha reclamado la nulidad del despido de Díaz de Villegas pues su relación con la patronal correspondía a un contrato laboral convencional; mientras que la representación de CEOE ha sostenido que el contrato era de alta dirección y que el exsecretario fue despedido por la "pérdida de confianza" derivada de sus propias actuaciones. Previamente al inicio del juicio ha resultado sin avenencia un intento de conciliación.

La representación de la patronal ha defendido que el contrato de Díaz de Villegas era de alta dirección porque, de acuerdo con sus estatutos, del secretario general dependen "todos los acuerdos" de la dirección y es el que los ejecuta, además de que era el único alto directivo que pertenecía a la Asamblea General, al Comité Ejecutivo, a la Junta y a la Comisión. Y ha añadido que de que desde julio de 2007 tenía "poderes especiales" —facultades de representación, de disposición de operaciones bancarias, contratación, etcétera—.

Según esta parte, contrató a 25 personas en nombre de CEOE y de sus dos fundaciones, la Fundación Formación y la Fundación Servicios. Igualmente ha alegado la existencia de "hasta 61" contratos con proveedores, de arrendamiento de servicios, etcétera, pues el secretario general era "el único con responsabilidad sobre todas las acciones de CEOE y las fundaciones".

De ahí que tanto estatutariamente como por poderes otorgados, su cargo fuera de alta dirección. "Tiene los poderes, los ejecuta y depende exclusivamente de los órganos de gobierno", ha insistido el abogado de CEOE, para quien, por este motivo, al perder la confianza en él la Junta Directiva, se optó por rescindir su contrato; un contrato que no existe por escrito pero que "no invalida" ese "defecto de forma".

También se ha referido a los "hechos gravísimos" que denunció Díaz de Villegas a la Junta Directiva el 22 de febrero de 2011, cuando "imputa al presidente actos irregulares". Para el abogado de la CEOE, resulta "curioso" que el secretario general se "sometiera" en estos actos al presidente que "no tenía ninguna facultad sobre él".

Igualmente se ha remitido al informe de investigación sobre estos hechos que encargó CEOE a una empresa externa, que detectó "anomalías o irregularidades" que afectaban a la vicesecretaria general, Beatriz Benéitez, "sospechosa de irregularidades", que fue despedida, pero que no constató "ninguna actuación ilegítima del presidente", con lo que, en su opinión, no se pudo actuar "con mayor rigor".

También ha acusado a Díaz de Villegas de denunciar "de forma poco juiciosa" a ciertos empleados y ha lamentado que eran hechos "inciertos" e "imputaciones de hechos delictivos" que han trascendido el ámbito interno de la patronal al salir en prensa. "No vale expandir públicamente, hacer daño gratuito, con una denuncia que después no se acredita". De ahí que el 26 de septiembre la Junta Directiva votara y acordara su cese por "pérdida de confianza" y no a cambio de la dimisión de Mirones, un planteamiento "erróneo de base". FRAUDES

Por su parte, la defensa, que ha denunciado los "fraudes y tergiversaciones" de la acusación en el marco de un "debate estratégico" para "desviar el fondo" de la cuestión, es decir, la inexistencia de una causa real para el despido, ha subrayado que el contrato de su representado era indefinido ordinario, con funciones "meramente ejecutorias", actuando "siempre" según la decisión del presidente, además de que Díaz de Villegas era "el quinto en la cadena de mando" y tenía por delante a Mirones.

Ha apuntado que se modificaron los estatutos de CEOE en 2008 para ampliar los poderes del presidente, quien, al margen de éstos creó la Vicesecretaría General "para vaciar de sentido al secretario general" y en la que colocó a una persona de su confianza, Benéitez, que fue despedida pero "inmediatamente recontratada", según la abogada, para quien si Díaz de Villegas no era un alto directivo, como sostiene, "eso nos lleva a matar al mensajero", a sufrir "una represalia", su cese, por denunciar "hechos muy graves".

"Ha estado ocho meses privado de su trabajo ya que no le han permitido volver para evitar que descubriera otra documentación más comprometedora", ha destacado, apuntando que luego se han producido denuncias penales con el único objetivo de "echar humo sobre el asunto". También ha indicado que si fuera un despido disciplinario, debería haberse encontrado una causa en los estatutos.

Votos irregulares

La defensa ha denunciado que algunos votos que llevaron al cese de su cliente fueron "irregulares" porque se han utilizado "de modo desviado". Así ha precisado que de los 60 votos a favor, "al menos cinco" se otorgaron por delegación en contra del acuerdo de despido de Díaz de Villegas, además de que hubo quien votó dos veces, uno de ellos el presidente, "después de haber ofrecido su cabeza a cambio" de la del secretario general, un "chantaje", ha dicho. Otro que votó dos veces fue Miguel Rincón, una por Apemac y otra por Fediscon.

Tras protagonizar un desencuentro con el juez sobre los hechos controvertidos, la defensa ha llamado a cuatro testigos (Eduardo Zaldívar, Luis Marina, Patricia Oreña y Luis García del Río) para demostrar que Díaz de Villegas no tenía capacidad de tomar decisiones, sólo ejecutiva, que la vicesecretaría se ha creado al margen de los estatutos y que hubo irregularidades en la votación.

Así, este último, exmiembro de la Junta Directiva de CEOE, ha declarado que la dimisión de Mirones fue acordada antes de la votación y fruto de un acuerdo. "Nadie nos coaccionó; fue un acuerdo". Por su parte, Zaldívar, director del Campus de Excelencia Internacional de la Universidad, ha referido en el Consejo Económico y Social —del que él era miembro hasta noviembre—, Díaz de Villegas aplazaba su voto cuando había decisiones importantes, y para proyectos concretos, como los de la UC, "las decisiones no las tomaba él en absoluto", y era Benéitez quien "se colocaba como la persona que tomaba las decisiones".

Luis Marina, en la Junta Directiva de CEOE hasta mayo, ha dicho que todas las decisiones eran del comité ejecutivo y del presidente; y Oreña, también de la Junta Directiva, ha manifestado que en la votación del 26 de septiembre "el 100% de la Junta pensaba que era necesario que Mirones dimitiera después del escándalo" y ha aludido a votos delegados por unas personas en otras, lo que la acusación ha rechazado porque la testigo "habla de referencias, de lo dicho por terceros", y más cuando el voto es secreto.

Por su parte, la Fiscalía no considera acreditadas irregularidades en la Junta Directiva en que se cesó a Díaz de Villegas, además de que este acuerdo no se ha impugnado y de que, en su opinión, el voto no estuviera coaccionado.

Sin embargo, valora que Díaz de Villegas tenía un contrato laboral indefinido pues tenía poderes para ciertas contrataciones pero las decisiones de "mayor relevancia" dependían del Comité Ejecutivo y del presidente, además de que sus funciones se especifican de forma "muy genérica", incluidas las ejecutivas, que no se concretan.

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