Asaja-A interpone un recurso contencioso-administrativo ante el reparto de las Cámaras Agrarias en Andalucía

(Esta noticia sustituye a la anterior por una precisión en el antepenúltimo párrafo, donde se incluye ahora el título del dictamen del catedrático de Derecho Civil Ángel López López. Disculpen las molestias).

La organización agraria Asaja en Andalucía ha interpuesto este lunes un recurso contencioso-administrativos y ha pedido medidas cautelares ante el reparto del patrimonio de las Cámaras Agrarias en Andalucía, ya que exigen que este se lleve a cabo "provincia por provincia y término a término" y no a partes equitativas entre las Asaja, COAG y UPA, sino en función de la representatividad.

En declaraciones a Europa Press, el asesor jurídico de Asaja-A, Emilio Vieira, ha indicado que el Tribunal Constitucional definió qué era el interés general agrario, señalando que se trata del interés de los agricultores del ámbito geográfico de la Cámara que se liquide, a través de su representación.

Ante esto, la organización agraria encargó un dictamen al catedrático de Derecho Civil y miembro del Consejo Consultivo de Andalucía, Ángel López López, que fue entregado "en mano" a la Consejería y en el que se dice que "hay que liquidar Cámara a Cámara en cada provincia y adjudicarla a aquel sujeto que concrete el interés general agrario mayoritario". Pero, según ha explicado, si la Administración hace esto "se encontrará con que Asaja representa a la inmensa mayoría de agricultores, superior a UPA y COAG".

"Les decimos que vaya provincia por provincia y municipio a municipio adjudicando el local a quien le corresponda, pero políticamente no le interesa porque el interés es salvar a las organizaciones agrarias amigas —UPA y COAG—" que están arruinadas", ha subrayado.

Por último, ha señalado que además con el reparto de las Cámaras Agrarias, la Consejería de Agricultura está incluyendo una deuda, cuando "en el momento en que se hace una liquidación hay que quitar gastos y dejar bienes netos". Ante esto, Asaja-A ha indicado que "se harán cargo de los gastos cuando sean míos, no antes" porque, según ha detallado, incluye gastos como "la luz, el agua, el teléfono, el IBI e incluso un bufete jurídico". "La Consejería ha asignado estas deudas a los bienes, por tanto, el que reciba el bien tiene que responder de la deuda", ha subrayado.

Asimismo, ha criticado la representación de la Comisión Liquidadora de las Cámaras agrarias donde "la mayoría eran de la administración" y "solo tres votos de las organizaciones agrarias, que además no podían contar con representación jurídica en las reuniones".

Dictamen jurídico

El dictamen del catedrático de Derecho Civil Ángel López López, al que ha tenido acceso Europa Press, titulado 'El Destino del Patrimonio de las Cámaras Agrarias de la Comunidad Autónoma Andaluza conforme al Decreto 5/2010, de 27 de Ley de Julio de la Junta de Andalucía', indica que "el patrimonio de las Cámaras Agrarias Andaluza extintas debe extinguirse de manera individualizada, Cámara a Cámara, de acuerdo con la concreción del interés general agrario que realiza el Tribunal Constitucional, y con la normativa sobre liquidación del patrimonio de Corporaciones públicas contenida en el artículo 39 del Código Civil.

Asimismo, señala que "los destinatarios del patrimonio de las Cámaras deben ser las organizaciones profesionales, debiendo defenderse tal criterio tanto para las Cámaras Provinciales, estas por imperativo legal, como para las Cámaras Locales, ya que en todo caso son las organizaciones profesionales de agricultores como entidades idóneas para velar por el interés agrario"

"El patrimonio debe distribuirse entre las organizaciones profesionales de agricultores en proporción a la representatividad que ostenten en el territorio particular de cada una de las Cámaras a extinguir", concluye.

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