Cámara de Cuentas apunta "deficiencias de control", falta de regulación actualizada e "ineficiencia" en concierto de SAS

La Cámara de Cuentas de Andalucía ha apuntado la existencia de "deficiencias en el control interno" y una falta de marco regulatorio actualizado además de una "ineficiencia" en el gasto en el sistema de servicios concertados por el Servicio Andaluz de Salud (SAS).

La Cámara de Cuentas de Andalucía ha apuntado la existencia de "deficiencias en el control interno" y una falta de marco regulatorio actualizado además de una "ineficiencia" en el gasto en el sistema de servicios concertados por el Servicio Andaluz de Salud (SAS).

Según el informe titulado 'Análisis y seguimiento de los servicios concertados del sistema sanitario público andaluz: Servicio Andaluz de Salud', correspondiente al ejercicio 2009, con este informe se persigue verificar el "adecuado cumplimiento" en la contratación y su ejecución, así como en la gestión para la prestación de los servicios sanitarios concertados por el SAS.

Según el informe, consultado por Europa Press, la fiscalización se centró en una evaluación de los procedimientos de gestión llevados a cabo por los centros hospitalarios Hospital Universitario San Cecilio (Granada), Complejo Hospitalario de Jaén, Hospital Regional Universitario Carlos Haya (Málaga), Hospital Universitario Virgen de la Victoria (Málaga) y Hospital Universitario Virgen del Rocío (Sevilla).

La información objeto de examen ha sido el gasto devengado para la financiación de los servicios asistenciales concertados que, en el ejercicio 2009 alcanzó los 216.396.577 euros, para una cobertura de población de 8.302.923 habitantes. La fiscalización se ha centrado en un análisis comparativo de diversas áreas.

En cuanto al cumplimiento de legalidad en el procedimiento de concertación de los servicios sanitarios, el informe apunta que en lo que se refiere a la actividad de concertación con entidades ajenas "presenta, en la mayoría de los casos, un grado de insuficiencia y una falta de actualización tal, que hace difícil planificar una actuación global de la contratación y de la gestión de los servicios".

Por ello, la Cámara de Cuentas de Andalucía recomienda "desarrollar una normativa común que regule la actividad de concertación sanitaria con entidades ajenas y que contenga procedimientos para hacer operativa la información relativa a los servicios efectuados, a fin de permitir el seguimiento de la actividad y del consumo de esos servicios; e implantar un sistema centralizado de información".

En materia de control interno, como deficiencias de control interno detectadas y que afectan a los hospitales analizados y que pudieran ser relevantes para la consecución de una gestión más eficaz, el informe indica que "no se dispone de procedimientos de gestión de calidad en los que se detallen las acciones a desarrollar por las unidades y servicios responsables de las prestaciones concertadas; y no se ha implantado un sistema de información que genere datos de la actividad desarrollada y que sirva de apoyo a la función de control".

Apunta que "salvo para los servicios de hemodiálisis y terapias respiratorias, en ninguno de los hospitales visitados consta un documento o acuerdo de la Dirección que certifique el personal facultativo y/o las unidades autorizadas a prescribir las prestaciones de Resonancia Magnética Nuclear (RMN) y transporte sanitario programado". El informe ha precisado que el procedimiento de acceso a los servicios establece como elemento imprescindible la autorización previa, expresa y escrita mediante documento extendido por la Dirección del hospital de referencia del paciente.

En relación al sistema de facturación, en primer lugar, el informe apunta que éste difiere según los servicios y los hospitales analizados, de forma que por tarifas o precios unitarios máximos, para los servicios de diálisis y RMN y para los conciertos de terapias respiratorias formalizados por Virgen del Rocío, CHJaén y San Cecilio.

A tanto alzado con presupuesto fijo mensual para todos los conciertos de transporte sanitario programado y para los de terapias respiratorias, formalizados en Virgen de la Victoria y Carlos Haya.

El informe señala la "inexistencia" de una regulación actualizada en la que se establezcan las normas para la revisión de las condiciones económicas aplicables al sistema de facturación por tarifas.

De esta forma, concluye que "no hay suficientes mecanismos de control para dar validez a los servicios que se facturan, lo que conlleva a un incremento en el gasto, que genera ineficiencia".

Para corroborar esta conclusión, se llevaron a cabo unos estudios comparativos de los servicios facturados, donde se demuestra que "con las mismas pruebas solicitadas, a distintos pacientes, se facturan diferentes estudios" o el hecho de que "no existe un criterio o protocolo fijo y común para los tratamientos que pueden simultanearse".

Apunta que para el posterior seguimiento de las diferentes peticiones de servicios "no consta, en la mayoría de los hospitales, una aplicación que contenga todos los datos contenidos en el documento de prescripción así como los relacionados con la ejecución de la prestación, a fin de que se puedan comprobar los servicios solicitados y facturados".

Asimismo, se apunta que "en ninguno de los centros fiscalizados se manejan indicadores específicos para evaluar la eficacia de la actividad, aún cuando, algunos conciertos prevén indicadores de ejecución o de gestión de la prestación".

Variación de los precios "sin explicación"

En cuanto al análisis del gasto en la adquisición de los servicios concertados, donde también se ofrece información comparativa de diversos aspectos que inciden en el precio de cada prestación, se establecen tarifas de licitación superiores a las fijadas por la orden y con diferencias, significativas en algunos casos, entre los diversos centros.

De este análisis comparativo, se concluye que "la variación de los precios no se explica ni por el procedimiento de adquisición empleado —ya que todos los contratos se formalizan por concurso público— ni, entre otras circunstancias, a que en la mayoría de los contratos el mayor peso para la adjudicación y la selección de las ofertas, se alcanzaba por las características técnicas y de servicios y no por la oferta económica".

Por último, analizando la demora en el pago de las facturas, se apunta que en el caso de los servicios de diálisis, en el hospital Carlos Haya el cien por ciento de las facturas incumplen el plazo de pago, llegando a una demora media de 138 días, entre la fecha de conformidad y la fecha de pago. En el caso de las terapias respiratorias, CH Jaen y el CH Carlos Haya tienen un 88 y 89 por ciento, respectivamente de facturas que incumplen el plazo de pago, con 72 y 67 días de demora media, respectivamente.

En el caso de RMN, el hospital San Cecilio, el cien por cien de facturas incumplen el plazo de pago, mientras que en los concursos de transporte sanitario en el hospital Virgen de la Victoria el 92 por ciento de facturas incumplen el plazo de pago, analizando las fechas de conformidad y las fechas de pago.

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