Condenada a más de 30 años de prisión la tripulación de un pesquero con 3,5 toneladas de hachís

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a 30 años y tres meses de prisión a la tripulación de un barco pesquero con sede en el puerto de Adra que transportó desde la costa de Marruecos 3,5 toneladas de hachís distribuidos en un centenar de fardos de arpillera.

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a 30 años y tres meses de prisión a la tripulación de un barco pesquero con sede en el puerto de Adra que transportó desde la costa de Marruecos 3,5 toneladas de hachís distribuidos en un centenar de fardos de arpillera.

La operación que permitió abortar el alijo se desarrolló en la madrugada del 20 de agosto de 2009 gracias a un dispositivo de vigilancia activado por la Guardia Civil en el desde la tarde anterior ya que los agentes sospechaban que la nave podía contener un cargamento de droga.

La sentencia de la Sección Primera, a la que ha tenido acceso Europa Press, relata que uno de los procesados, identificado como J.M.R., arrendó la embarcación y la patroneó de la costa de Marruecos hasta el litoral abderitano con el hachís, valorado en 5,1 millones de euros, a bordo.

Previamente, había con J.O.C., A.A., E.O.A. y E.O.Z.M. que, una vez arribados a puerto, ellos se encargarían de descargar la droga y la retirarían en un camión para posteriormente introducirla en el mercado negro.

Para facilitar la operación, el patrón mintió al propietario del pesquero, al que el tribunal absuelve al considerar que no conocía la carga que portaba la nave, y le comunicó que este tenía una fuga de agua para que él diera el parte correspondiente a la Autoridad Portuaria y se diese permiso para acceder al varadero y quedar en dique seco.

Durante la madrugada del segundo día, llegó las instalaciones portuarias un camión conducido por una persona no identificada y al que franqueó el acceso al recinto uno de los vigilantes de seguridad, hermano del J.M.R. e identificado como A.M.R.

El fallo impone por conformidad de los procesados cinco años y medio de cárcel al patrón de la nave y cinco años y tres meses de prisión a A.A., E.O.A. y E.O.Z.M., además de sendas multas de 15 y 12 millones de euros.

Al acusado J.O.C. le condena a seis años y tres meses de cárcel y a A.M.R, en su condición de cómplice de un delito contra la salud pública, dos años y nueve meses de prisión ya que señala que no recibió contraprestación económica o promesa de beneficio alguna por permitir el acceso a puerto del camión, y que lo hizo, por tanto, por favorecer a su hermano para que no fuera descubierto mientras alijaba.

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