El TSJC anula la convocatoria de dos plazas de libre designación en Valdecilla

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha anulado la convocatoria de dos plazas de libre designación para el Hospital Marqués de Valdecilla por vulnerar el principio de igualdad en el acceso a la función pública.
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EUROPA PRESS
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha anulado la convocatoria de dos plazas de libre designación para el Hospital Marqués de Valdecilla por vulnerar el principio de igualdad en el acceso a la función pública.

En concreto, la sentencia conocida este miércoles se refiere a las plazas de Jefe de Grupo No Sanitario y de Encargado de Equipo de Personal No Sanitario en el centro, cuya convocatoria fue "opaca".

La Sala entiende que entre los requisitos de participación para las convocatorias se incluyeron aspectos que formaban parte del perfil de los candidatos y que, en todo caso, debían valorarse para seleccionarlos, pero no suponer una condición de partida.

Además, rechaza que el procedimiento elegido, el de libre designación, autorice a la Administración a establecer "de entrada" una serie de requisitos, entre los que se fijaron en esa convocatoria los de capacidad de liderazgo, la capacidad organizativa, la planificación, el conocimiento de la actividad administrativa, etc...

Se trata, según la Sala, de cuestiones que son "méritos a valorar", pero que impiden la participación a aspirantes que sí cumplieran los requisitos de selección exigidos. Y añade que algunos de esos criterios son subjetivos, lo que hace que la convocatoria fuera "opaca".

Por estos motivos, rechaza un recurso del Gobierno de Cantabria contra una sentencia previa, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2, en la que da la razón al sindicato sanitario Agrupación de Trabajadores Independientes (ATI), y que ahora queda confirmada.

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