Condenado a casi cuatro años por apuñalar al dueño de un bar por una discusión mantenida años atrás

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a tres años y diez meses de prisión a un hombre de 37 años que, en diciembre de 2009, abordó al propietario de un bar-cafetería de Roquetas de Mar (Almería) mientras se tomaba una consumición en la barra y le asestó seis cuchilladas por una discusión que habían mantenido hacía años.

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a tres años y diez meses de prisión a un hombre de 37 años que, en diciembre de 2009, abordó al propietario de un bar-cafetería de Roquetas de Mar (Almería) mientras se tomaba una consumición en la barra y le asestó seis cuchilladas por una discusión que habían mantenido hacía años.

J.M.P., a quien se le reconoce un trastorno mental derivado del consumo continuado de sustancias tóxicas, mostró conformidad en el acto de juicio con la pena solicitada por el Ministerio Fiscal, quien rebajó en tres meses la calificación provisional por la que pedía cuatro años de cárcel como autor de un delito de homicidio en grado de tentativa. El letrado de la acusación particular también se adhirió al escrito del Ministerio Público.

La sentencia de la Sección Tercera, a la que ha tenido acceso Europa Press, recoge que el acusado se dirigió a las 11,50 horas del 7 de diciembre de 2009 en la cafetería 'Emilio' de la barriada roquetera de El Parador y se sentó en la barra para tomar una consumición.

En un momento no determinado, se acercó al propietario del establecimiento, con quien había mantenido una discusión años atrás, y con una navaja de ocho centímetros de hoja, le asestó seis puñaladas en el abdomen, el tórax y los brazos. La víctima fue evacuada de urgencia a un hospital, donde gracias a la rápida atención médica se pudo evitar "el fatal desenlace".

El acusado, quien actuó con sus facultades intelectivas y volitivas alteradas por un "defecto esquizofrénico", fue detenido minutos después por agentes de la Guardia Civil cuando aún estaba en posesión del arma gracias al aviso de los clientes y los camareros del bar-cafetería.

F.M.P., al que se le aplica en el fallo la eximente incompleta de trastorno mental, no podrá acercarse a su víctima a menos de 200 metros durante cinco años y deberá indemnizarle con 13.400 euros por las lesiones y 36.600 por las secuelas tanto estéticas como funcionales ya que, debido al ataque, le han quedado, entre otras consecuencias, 14 cicatrices y tardó 230 días en curar.

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