Ecnomía convoca subvenciones por 75.000 euros para proyectos integrados de empleo en el ámbito local

La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo ha convocado subvenciones por un importe total de 75.000 euros, destinadas a financiar proyectos integrados de empleo en el ámbito local.
Empresas, trabajador
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EP/JCCM
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La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo ha convocado subvenciones por un importe total de 75.000 euros, destinadas a financiar proyectos integrados de empleo en el ámbito local.

El plazo de presentación de las solicitudes será de cinco días hábiles, contados a partir de este miércoles, día 23 de noviembre, según establece la Orden de convocatoria, que recoge Europa Press.

Con estas ayudas, el Gobierno de Cantabria, a través del Servicio Cántabro de Empleo, pretende impulsar la realización de este tipo de proyectos, a través de entidades que habitualmente colaboran en la implantación de las políticas activas de empleo, optándose en una primera fase por la implantación de este nuevo servicio dirigido a las personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo.

Según explica la Orden, un proyecto integrado se define como un conjunto de acciones y medidas que combinen o conjuguen varios de los ámbitos de las políticas activas de empleo definidos en la Ley de Empleo.

La ayuda contemplada en la orden se extenderá a todas las acciones subvencionables realizadas desde el 1 de diciembre de 2011 hasta el 30 de noviembre de 2012.

Las subvenciones convocadas por esta orden se financiarán con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2011 hasta un importe máximo de 75.000 euros.

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria que tengan capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del correspondiente proyecto, y que no hayan sido beneficiarios por la concesión de subvenciones en 2011, gestionadas por el Servicio Cántabro de Empleo, para la puesta en marcha de Programas Experimentales; mixtos de empleo-formación; o de acciones de Orientación Profesional para el Empleo y Asistencia para el Autoempleo, entre otros aspectos.

Destinatarios finales

La Orden establece que podrán ser destinatarias finales de los proyectos integrados las personas demandantes de empleo, inscritas en el Servicio Cántabro de Empleo, que se hallen en situación laboral de no ocupadas.

Asimismo, podrán tener esta consideración las entidades o empresas del sector privado con las que la entidad beneficiaria concierte la realización de las acciones y medidas que comprenden el respectivo proyecto integrado.

Los proyectos integrados de empleo deberán incluir en todo caso, entre sus actividades a desarrollar, acciones de orientación profesional y acciones de formación y recualificación de las personas participantes en los proyectos.

También podrán incluir algunas de las otras acciones y medidas relacionadas en la Ley de Empleo, que constituyen los ámbitos de actuación de las políticas activas de empleo.

El Servicio Cántabro de Empleo seleccionará las personas desempleadas demandantes de empleo disponibles para su incorporación al proyecto integrado conforme a los criterios generales determinados mediante resolución de la directora de dicho organismo.

Así mismo, el Servicio Cántabro de Empleo garantizará a las entidades beneficiarias el envío de personas desempleadas demandantes de empleo que resulten necesarias para el desarrollo del Programa, cubriendo las bajas que pudieran producirse durante el desarrollo del proyecto integrado. Dichas bajas, podrán ser cubiertas hasta la mitad del plazo de ejecución previsto.

Objetivo de inserción

La Orden también estipula que los proyectos integrados de empleo serán llevados a cabo por las entidades beneficiarias atendiendo a 60 personas en situación de desempleo.

En este sentido, se considerarán como demandantes atendidos, aquellos en que se acredite fehacientemente su participación en al menos 6 sesiones individuales y otras 6 sesiones de distinta naturaleza, de las previstas en el proyecto. Dichas sesiones habrán de ser distribuidas regularmente a lo largo de la ejecución del mismo.

El objetivo de inserción para este colectivo de beneficiarios deberá ser al menos el 25 por 100 de los demandantes atendidos durante el desarrollo del proyecto.

Se considerará que dicha inserción laboral se ha conseguido cuando, durante la vigencia del proyecto o durante los tres meses posteriores a su fi nalización, la persona desempleada sea contratada como trabajadora por cuenta ajena durante un periodo no inferior a seis meses, o bien forme parte como socio trabajador de una cooperativa o sociedad laboral o inicie su actividad por cuenta propia. El cómputo de este periodo podrá acumular varias contrataciones.

La Orden establece una reducción en el importe total de la subvención de 400 euros por persona si no se consiguen los objetivos de inserción previstos. Esta reducción se calcula en función de los demandantes de empleo insertados, teniendo en cuenta, no obstante, los demandantes atendidos.

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