M.Junta constituye el órgano de seguimiento y participación del reglamento sobre contaminación lumínica

La Consejería de Medio Ambiente ha constituido recientemente el Comité Asesor para la protección del cielo nocturno frente a la contaminación lumínica, cumpliendo con la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (GICA) y del reglamento que lo desarrolla, en cuya primera reunión se ha abordado el desarrollo de la normativa y los cauces por los que debe dirigirse.
Reunión Del Comité Asesor Del Reglamento De Contaminación Lumínica
Reunión Del Comité Asesor Del Reglamento De Contaminación Lumínica
EUROPA PRESS/JUNTA DE ANDALUCÍA
Reunión Del Comité Asesor Del Reglamento De Contaminación Lumínica

La Consejería de Medio Ambiente ha constituido recientemente el Comité Asesor para la protección del cielo nocturno frente a la contaminación lumínica, cumpliendo con la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (GICA) y del reglamento que lo desarrolla, en cuya primera reunión se ha abordado el desarrollo de la normativa y los cauces por los que debe dirigirse.

Este órgano, constituido, entre otros, por la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA), los sindicatos UGT y CCOO, la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, el Observatorio de Calar Alto de Almería o la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP), según ha informado la Consejería de Medio Ambiente a Europa Press. En este sentido, ha recalcado que este Comité Asesor es un órgano de participación y consultivo para evaluar la aplicación del reglamento y dar voz a los agentes sociales implicados en el mismo.

Durante la primera sesión, celebrada días atrás, se abordaron las actuaciones de difusión y concienciación llevadas a cabo por el departamento de José Juan Díaz Trillo, el estado actual de la zonificación lumínica en Andalucía, la creación de un foro de debate para intercambio de experiencias y un calendario de trabajo.

Asimismo, las funciones del Comité son, entre otras, asesorar a la Administración andaluza sobre propuestas normativas en materia de contaminación lumínica, sobre las propuestas de zonificación, las medidas o los programas de obligado cumplimiento del presente reglamento, proponer las actuaciones que se estimen oportunas y que coadyuven al mejor desarrollo de los objetivos previstos en el Reglamento, y tareas de difusión, promoción y asesoramiento derivadas de la aplicación del reglamento, así como asesorar en cuestiones de I+D respecto a la contaminación lumínica y elaborar informes de evaluación y seguimiento.

La Consejería de Medio Ambiente la Junta ha recordado que este órgano de seguimiento nace en el marco del Reglamento de contaminación lumínica, que cuenta entre sus acuerdos reseñables el alcanzando con la FAMP para la creación por ésta de la ordenanza tipo de aplicación de la normativa. "Tras limar las discrepancias iniciales en este materia, lo más importante actualmente es precisamente la elaboración de la ordenanza para el cumplimiento por parte de los ayuntamientos".

A la Junta de Andalucía, según reconoce, le "interesa" que se cumpla la normativa, para lo que los ayuntamientos tienen que aprobar una ordenanza municipal. Si bien existe una tipo, los municipios pueden adaptar y modificarla dentro de los cauces que establece la normativa.

El objetivo del Reglamento, según recuerda el departamento medioambiental andaluz, es dar "racionalidad al problema de la contaminación lumínica". Es un fin en el que "todos —agentes y entidades implicadas en la materia— creemos y sobre el que nunca se ha discrepado", ha añadido. "Todas las partes están implicadas y la Junta está satisfecha", ha reconocido.

Desde la Consejería se ha subrayado, entre los temas abordados en la primera reunión del Comité de carácter constitutiva e informativa, es la zonificación lumínica de Andalucía, que en periodo de aprobación. En este punto, ha recordado que la normativa al respecto establece cuatro zonas según se permita "más o menos iluminación", de las que a la Administración andaluza le corresponde la competencia de la "zona oscura, que engloba a los espacios naturales". El resto, según precisa, está en la agenda de actuación de los ayuntamientos.

Por otro lado, el departamento que dirige José Juan Díaz Trillo ha reconocido que las discrepancias que existieron al comenzar a desarrollar el Reglamento fueron motivadas por las competencias, no por la posible dificultad que podría suponer la actual crisis económica para la puesta en marcha del mismo por parte de los ayuntamiento.

"Los consistorios pensaban, en un momento dado, que el reglamento podía invadir sus competencias", ha apuntado, pero ha aclarado que "éstas se han solventado con la elaboración de la ordenanza por parte de la FAMP y por el hecho de que sean ellos los que velen por el cumplimiento del Reglamento en las ciudades y edificios".

"notable" conciencia municipal

La Consejería ha valorado el hecho de que, incluso antes de la aprobación de la normativa, ya existían muchos ayuntamientos que cumplían parcialmente los aspectos recogidos en el Reglamento. "Afortunadamente, la conciencia de los municipios andaluces, especialmente en cuanto a la eficiencia energética, ha aumentado notablemente", ha subrayado.

Igualmente, el departamento de José Juan Díaz Trillo ha resaltado que los municipios andaluces, gracias a la FAMP, están "muy por delante" de los de otras comunidades en conciencia ambiental. En este sentido, ha puesto como ejemplo el Pacto de los Gobiernos Locales frente al Cambio Climático, conocido como el pacto de alcaldes.

"Andalucía es la comunidad de Europa que tiene mayor número y porcentajes de ayuntamientos miembros del mismo, ya que del cómputo europeo, que alcanza los 2.500 municipios, 500 miembros son andaluces, incluida la propia FAMP", apunta.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento