Escola presenta una demanda ante el TSJCV para pedir la nulidad de varios preceptos de la orden de centros plurilingües

Escola Valenciana ha presentado este martes una demanda ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) contra la Conselleria de Educación en la que se pide modificar varios preceptos de la orden de creación de la Red de Centros Plurilingües referentes a la "elección arbitraria" de idioma para la realización de exámenes y la imposición de que todas las lenguas tengan el mismo porcentaje sin consideraciones pedagógicas, ha anunciado la entidad cívica.

En concreto, se reclama el cambio de los aspectos contenidos en los artículos 3.5, 2.2 y la Disposición Transitoria Única de la orden de creación de la Red de Centros Plurilingües, aprobada por el anterior conseller de Educación, Alejandro Font de Mora, y vigente a la actualidad.

Escola pide a los tribunales "la nulidad de los artículos que dictan la elección arbitraria de idioma para la realización de exámenes y la imposición del hecho que todas las lenguas tengan el mismo porcentaje sin consideraciones pedagógicas". Hace notar, además, que estos aspectos de la Red de Centros Plurilingües "también están presentes en el borrador de decreto presentado por la Conselleria, actualmente en fase de negociación".

Con respecto a la elección de lengua para realizar los exámenes, Escola Valenciana recuerda que la exención de una lengua está regulada por la Ley 4/1983, de 23 de noviembre, d'Ús i Ensenyament del Valencià (LUEV), que contiene una regulación general previa y con rango de ley.

Esta norma, a su artículo 24, dispone que "la obligatoriedad de aplicar el valenciano en la enseñanza en los territorios señalados como de predominio valencianohablante quedará sin efecto de manera individual cuando los padres o tutores que lo solicitan acrediten fehacientemente residencia temporal en este territorio y expresen, al formalizar la inscripción, el deseo que sus hijos o tutelados sean eximidos de la enseñanza del valenciano".

"CONTRADICCIÓN"

En el caso de la tendencia a igualar los porcentajes de asignaturas en valenciano, castellano e inglés, se "entra en contradicción con varias normas de rango superior, como son la propia LUEV y el cuerpo central de su desarrollo, que marca con claridad la diferenciación de las lenguas vehiculares según el programa elegido (enseñanza en valenciano, inmersión lingüística o incorporación progresiva)".

"Es decir, a través de una norma con el rango de orden se anulan otras resoluciones superiores, como por ejemplo la Resolución de 27 de Junio de 2011, de la Conselleria de Educación, Formación y Ocupación, por la cual se dictan y aprueban las instrucciones para la organización y el funcionamiento en las escuelas de educación Infantil de segundo ciclo y colegios de educación Primaria para el curso 2011-2012, vigente en la actualidad que no prevé ninguna 'convivencia equilibrista' entre las tres lenguas sino que continúa diferenciando claramente las lenguas vehiculares de los programas", argumenta la entidad en un comunicado.

Más allá de la demanda interpuesta en el TSJCV, Escola Valenciana considera que el hecho de no ofrecer nuevas plazas públicas, entre ellas en la enseñanza, es "una muestra de la falta de voluntad de aplicar nuevos programas y hará imposible un impulso decidido del plurilingüismo".

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