Fiscalía pide archivar la causa del accidente en Mestalla en el que murieron cuatro trabajadores

Sostiene que habría "culpas residenciables" de algunos imputados que se tendrían que ver en juicio de faltas de mantenerse la denuncia

El fiscal delegado de Siniestralidad Laboral, Jaime Gil, ha solicitado el archivo de la causa abierta por el accidente en el nuevo estadio de Mestalla el pasado 26 de mayo de 2008, en el que murieron cuatro operadores, según consta en un escrito de 17 páginas.

Ahora, el titular del juzgado de Instrucción número 12 de Valencia, encargado de este asunto, tendrá que pronunciarse sobre esta petición de archivo. El fiscal afirma que ninguna de las causas investigadas en esta causa hubiera provocado el colapso de la consola que cayó y provocó la muerte de los trabajadores y "fue necesaria la concatenación de todas ellas" por lo que la culpa "se degrada".

De hecho, egún señala el fiscal en su escrito, en este caso, en algunos de los imputados "no existe ni la mínima conducta culposa" y mantiene que no tuvieron ninguna responsabilidad en el accidente los empleados de Viconstruc y el jefe de obra y producción de la UTE.

Respecto a otros imputados, sostiene que se trataría de "culpas residenciables" en la esfera de la falta por imprudencia leve recogida en el artículo 621.2 del Cógigo Penal, que establece que las infracciones penadas en esta norma solamente son perseguibles mediante denuncia de los agraviados.

Por ello, y dado que los herederos de los perjudicados han renunciado a las acciones civiles y penales al haber sido ya indemnizados, queda cercenada la posibilidad de celebrar un juicio de faltas y, de ahí, que se solicita el sobreseimiento y archivo de las actuaciones.

Gil también solicita en su escrito que la resolución de sobreseimiento sea comunicada a la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a través de la Inspección Provincial de Valencia, para que puedan levantar la suspensión del expediente sancionador, si lo había, y proseguir su tramitación.

Según explica el fiscal en su escrito, de fecha 1 de noviembre, el accidente laboral ocurrió en las obras de construcción del nuevo estadio del Valencia CF, sobre las 11.00 horas del 26 de mayo, cuando se produjo la rotura de un elemento de fijación que provocó que la consola trepante donde se encontraban los cuatro opearios realizando trabajos de ferrallado, se cayera desde una altura de nueve metros.

La obra era ejecutada por la UTE Nuevo Estacio de Valencia, de la que formaban aprte las empresas FCC Construcciones SA y Grupo Bertolín, que contrataron la ejecución de los trabajos de enconfrado a Viconstruc y el sistema de encofrados a J.Alsina S.A.

El sistema de consola trepante usado por Alsina se hacía para encofrar los muros verticales y consistía en ir fijando las consolas al muro hormigonado hasta alcanzar la altura necesaria para el enconfrado. Para subir, las consolas se fijaban al muro con dos anclajes mediante el sistema de cono, aunque en esta construcción quedaba rehundido, lo que imposibilitaba la introducción del tornillo M24, que permitía el anclaje.

Por este motivo, se utilizó como solución técnica alternativa una barra roscada de la misma métrica. El fiscal añade que, según los técnicos, las incidencias del cono y el cambio por la barra se produjeron con desviación de montaje y del ángulo de inclinación de nueve grados, lo que puede implicar un incremento de los esfuerzos y tensiones en la barra roscada.

Técnicos y pruebas

En el escrito, el fiscal señala que, de acuerdo con el resultado técnico de las pruebas realizadas, la causa protagonista del accidente fue la calidad de la barra roscada que se fracturó y que estaba fragilizada por inducción de hidrógeno. No obstante, recoge que los especialista de Aidico constataron que el siniestro se produjo por la "concurrencia simultánea y eficaz de una serie de causas y circunstancias" que pueden desglosarse en aspectos técnicos y otros relativos a las especificaciones del montaje, documentación y transmisión de información.

En el mismo sentido, la Inspección de Trabajo y los técnicos establecen una conjunción de circunstancias imputables a diversas personas que concurren, de acuerdo con el Invassat, de forma simultánea, y cuyas causas además, según esta aprte, "no eran fácilmente previsibles". Asimismo, apunta como causa concurrente las omisiones o falta de concreción del Manual de la empresa Alsina.

En esta línea, añade que para ser considerado punible el riesgo creado "tiene que ser causalmente explicable por la falta de adopción de las medidas precautorias" y "revestir una gravedad que no conduzca a la criminalización de toda infracción contra la normativa de seguridad laboral, desnaturalizando por exceso el ámbito de la protección penal".

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