Condenado por romper la orden de alejamiento hacia su expareja por acudir a su casa y por besarla

El Juzgado de lo Penal número 4 de Jaén ha condenado a N.F.M.M. por quebrantar la orden de alejamiento hacia su pareja, tras haber acudido al domicilio de esta, y haberla besado por la calle, en días distintos, cuatro meses después de habérsele impuesto dicha orden de alejamiento.

El Juzgado de lo Penal número 4 de Jaén ha condenado a N.F.M.M. por quebrantar la orden de alejamiento hacia su pareja, tras haber acudido al domicilio de esta, y haberla besado por la calle, en días distintos, cuatro meses después de habérsele impuesto dicha orden de alejamiento.

Según relata el fallo, al que ha tenido acceso Europa Press, existe una sentencia firme de 2 de septiembre de 2009 procedente del Juzgado de lo Penal número 1 de Jaén en la que éste le impuso al acusado como pena, entre otras, la de no poder aproximarse a su víctima, con la cual había mantenido una relación afectiva similar al matrimonio, a menos de 300 metros de distancia.

Asimismo, y pese a ser conocedor de estos extremos, el acusado, en enero de 2010 estaba con su expareja en el domicilio de la misma en la calle Jacinto Higueras de Jaén. Igualmente, a finales del mismo mes, estaba el acusado besándose con dicha persona en la calle Doctor Sagaz Zubelzu o Tablerón de Jaén.

Del mismo modo, en la sentencia del Juzgado de lo Penal se hace mención a que tanto el acusado, como el letrado de la defensa, mostraron su conformidad con las penas solicitadas por la Fiscalía, que, si bien en un primer momento solicitó ocho meses de prisión por cada delito de quebrantamiento, más tarde pidió un total de seis por cada uno de ellos.

Por su parte, el letrado de la defensa solicitó la sustitución de la pena de prisión por trabajos en beneficio de la comunidad, a lo que no se opuso el Ministerio Fiscal, habiendo prestado su consentimiento a realizarlos el acusado.

Así las cosas, el Juzgado de lo Penal número 4 de Jaén ha fallado condenar a N.F.M.M. como autor criminalmente responsable de dos delitos de quebrantamiento del artículo 468.2 del CP a la pena, para cada uno, de seis meses de prisión, condena que ha sido sustituida por la de 12 meses de trabajos en beneficio de la comunidad —seis meses por cada delito—.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento