El Bocyl publica la modificación del reglamento de la D.O. Cigales para poder elaborar vinos espumosos y dulces

La Consejería de Agricultura y Ganadería publicará hoy, jueves 29 de septiembre, en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), la modificación del reglamento de la Denominación de Origen (D.O) Cigales para que pueda elaborar vinos espumosos y dulces.
Un viñedo
Un viñedo
EUROPA PRESS
Un viñedo

La Consejería de Agricultura y Ganadería publicará hoy, jueves 29 de septiembre, en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), la modificación del reglamento de la Denominación de Origen (D.O) Cigales para que pueda elaborar vinos espumosos y dulces.

El nuevo reglamento de la D.O. Cigales en el que han trabajado, durante más de dos años, el Consejo Regulador permitirá a esta denominación de origen adaptarse a la legislación vitivinícola vigente y a la nueva situación del sector.

Las principales novedades que presenta el nuevo Reglamento se permite la elaboración de nuevos tipos de vinos; en concreto, los caldos espumosos tanto blancos como rosados, que como han apuntado fuentes de la Consejería en un comunicado recogido por Europa Press, "han demostrado un gran potencial en el mercado" y los vinos dulces.

Esta diversificación de la oferta "abre nuevas posibilidades" al vino de Cigales, facilitando una mejor adaptación a los gustos actuales del consumidor.

También actualiza las variedades permitidas para la elaboración de sus vinos, preservando la variedad característica de la zona, tinta del país, que es la que define "el perfil genuino de sus vinos", pero permitiendo la incorporación en pequeños porcentajes de variedades de mejora de reconocido prestigio, como la Cabernet Sauvignon, la Merlot o la Syrah.

Se adapta el Reglamento a la normativa vigente en materia vitivinícola actual, ya que el anterior había quedado obsoleto y se incrementa el rendimiento máximo permitido para las variedades blancas, pasando de 6.000 kilogramos por hectárea a 9.000 kilogramos.

La Consejería ha recalcado que esta modificación "era necesaria ya que el anterior límite era anormalmente bajo respecto a los rendimientos actuales de las plantaciones de uva blanca".

Por otra parte, se definen las características organolépticas y físico-químicas, para cada tipo de vino, de acuerdo a la legislación comunitaria vigente. Se definen las menciones Crianza, Reserva y Gran Reserva para los vinos envejecidos, estableciendo los periodos mínimos de permanencia en barrica y en botella.

Como ha recordado el comunicado, la zona que da nombre a esta figura de calidad tiene "una gran tradición en la elaboración de vinos, pues en el siglo X ya existían viñedos en estos municipios. La calidad de éstos y la tradición en la elaboración llevaron a promover el nacimiento de la Denominación de Origen".

La D.O. Cigales fue reconocida por Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 9 de marzo de 1991, lo que la convierte en una de las denominaciones más tradicionales de Castilla y León, ya que cuenta con 20 años de antigüedad.

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