Defensa de la mujer del funerario asesinado en 2007 recurre al Supremo la sentencia que la condena a 18 años de prisión

Dos letrados ven "disparatado" que María Cruz se considere cooperadora necesaria y otros dos tachan de "justa" la sentencia
Los Acusados Manuel S. Y Maria Cruz, Junto A Sus Abogados Alfonso Y Pardp
Los Acusados Manuel S. Y Maria Cruz, Junto A Sus Abogados Alfonso Y Pardp
EUROPA PRESS
Los Acusados Manuel S. Y Maria Cruz, Junto A Sus Abogados Alfonso Y Pardp

José Pardo Geijó, la defensa de María Cruz, la mujer del funerario que fue asesinado por el amante de ésta en 2007, ha presentado un recurso de casación al Supremo para conseguir que la "cooperadora necesaria" en el crimen que acabó con la vida de su marido sea absuelta y salga en libertad, ya que está condenada a 18 años de cárcel, dos menos que el autor material de los hechos, Manuel S.

Así lo ha confirmado a Europa Press su letrado, quien ha calificado de "disparate" cómo se ha desenvuelto el jurado tanto en la primera como en la segunda sentencia.

El juicio, que se celebró en la Audiencia Provincial con un jurado popular, presidido por el magistrado Juan del Olmo, se prolongó durante unas dos semanas y ha sido considerado por la mayoría de los letrados implicados en la causa como uno de los más interesantes en Murcia de los últimos años, dada la gravedad de los hechos.

Sobre esta cuestión ha hablado José Muñoz Clares, defensa de los tres hijos que María Cruz tuvo con la víctima. Tras dejar el mundo de la abogacía en 1998, volvió para ejercer de abogado en este juicio, cuyo resultado, a su juicio, ha sido "decepcionante".

Calificativo que justifica argumentando que la Policía "hizo un uso anormal de una información que estaba declarada secreta: las grabaciones de conversaciones de Mari Cruz con personas de su entorno".

En concreto, se refería a una conversación de la procesada con un amigo, con un cierto tono sexual, que "conllevó a que Manuel, tras hacer dos declaraciones exculpatorias diciendo que no tenía nada que ver con el crimen, la inculpara y decir que ella le indujo a hacerlo". "La policía le comunicó el contenido de estas conversaciones con matiz sexual y le ocasionó a Manuel un ataque de celos tremendo", ha subrayado.

También ha criticado que se arrestara al hijo de Maria Cruz con el objetivo de "presionarla" para que confesase. Todo ello le ha demostrado que los agentes "siguen obrando como lo hacía en la dictadura, capaces de detener a un hijo para que los padres se blandearan y declararan".

Y es que, ha afirmado, en el juicio "no se estaba juzgando una actitud moral o ética o si estaba Mari Cruz engañando a su marido, sino que lo que se juzgaba era si ella le dijo alguna vez a su amante que matara a su marido", ya que, ha insistido, "la única prueba que hay es la declaración de Manuel".

De ahí que no le convenza la acusación a Maria Cruz de "cooperación necesaria" del asesinato, tachando de "disparate" que la condenen como tal, ya que "hay muchas más dudas que certezas respecto de la participación de Maria Cruz en todo esto".

Por tanto, tiene esperanza en el recurso que el letrado de Maria Cruz ha presentado ante el Tribunal Supremo, confiando en que estudie el asunto con más profundidad "de lo que lo ha hecho el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, que no tiene ningún especialista en penal".

Juicio "justo" y sentencia de "alto nivel jurídico"

Por su parte, José Ángel Alfonso, el abogado del procesado Manuel S., opina que se ha desarrollado un juicio "justo" y comparte la sentencia, ya que aunque se ha condenado al autor material de los hechos, "se han tenido en cuenta las circunstancias que le llevaron a cometer este crimen".

Manuel "ha tenido un juicio justo, ya que colaboró con la justicia reconociendo los hechos y acompañó a la policía al lugar donde tiró el arma homicida, además de una reconstrucción de la secuencia".

La prueba considerada "vital" también la ofreció Manuel, según ha defendido su abogado, ya que "aportó de forma voluntaria los teléfonos móviles y gracias a ellos, se pudieron volcar esos mensajes que han significado la implicación de Maria Cruz".

Y es que, el día del crimen, Maria Cruz "recibió una serie de mensajes y llamadas relacionadas con el resultado de la acción de Manuel, comprobando posteriormente que hubo contacto entre ellos 14 días después del crimen".

Desmonta la versión del letrado Muñoz Clares, al argumentar que "nadie dijo que la Policía le pusiera una grabación a Manuel", referida a la conversación que la acusada tuvo con un amigo con cierto matiz sexual.

Lo que ocurrió, según ha relatado, es que "cuando las hermanas de Manuel logran convencerle para que diga la verdad, éste cambia su declaración y en el trayecto a confesar un policía le dice que hace bien en ser sincero porque Maria Cruz tenía otras relaciones aparte de la suya".

"A Manuel le entra ese estado de obcecación al contarle Maria Cruz el altercado que ha tenido con su marido la mañana del crimen y lo que ocurre es que su perfil no es el de un asesino, sino que tiene un trastorno de la personalidad por dependencia", esto es, "es dependiente emocionalmente de la persona que quiere, siendo capaz de hacer cualquier cosa, como la que hizo", ha subrayado.

Coincide también en calificar la sentencia como buena el letrado que defiende al padre de la víctima y a la hija fruto de una anterior relación, Melecio Castaño, al considerar que es "una resolución de un altísimo nivel jurídico, muy minuciosa, concienzudamente trabajada hasta el último detalle y, sobre todo, llena de lógica y de sentido común".

Entiende que María Cruz está en prisión porque "de la prueba practicada se desprende con meridiana claridad su culpabilidad y también porque se ha demostrado que ha mentido sistemáticamente y desde el primer momento con el propósito de tratar de salir indemne de este proceso".

"Desde el principio y hasta en el mismo acto del juicio oral iba prestando una versión de los hechos de todo punto ilógica y carente de sentido común, sin olvidar que ha tenido comportamientos, a lo largo de estos cuatro años de proceso, que no sólo resultan de todo punto impropios en una persona que se dice inocente sino que apuntan claramente a su participación en el crimen", constata Castaño.

Llama la atención, además, que "a nadie escapa que el riesgo de fuga de María Cruz era elevado y se acrecentaba día tras día, siendo la única manera de conjurarlo el decretar el ingreso en prisión, tal y como ha decretado acertadamente el TSJ".

En cuanto a la defensa de María de la Cruz, sus letrados "están en su legítimo derecho a considerarla inocente, a sostener que todo esto es un disparate y que no existe prueba alguna que justifique su condena, o a afirmar que ha habido una serie de factores externos que han resultado decisivos a la hora de explicar la situación por la que ahora atraviesa su patrocinada".

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